Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
02-10-2019

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191002-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 5

71
Torrejón de Ardoz número 5. Procedimiento 440/2017

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 440/2017, entre don José Antonio Sánchez Vas, contra doña Malledant Therese y don Jean François Georges Caron, en cuyos autos se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimar la demanda interpuesta por don José Antonio Sánchez Vas, representado por la procuradora doña María Teresa Moreno Mateos, contra don Jean François Georges Caron y doña Therese Malledant, declarados en situación de rebeldía procesal, y en consecuencia condeno a dicho demandado a abonar a la actora la cantidad de 8.657,83 euros, en concepto de indemnización por la reparación de los daños causados en la vivienda arrendada, más los intereses procesales previstos en el artículo 576 Ley de Enjuiciamiento Civil.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme, y ante la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días desde su notificación en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en este Juzgado, en el plazo máximo de veinte días desde la notificación de la sentencia y previa acreditación de la constitución del depósito de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado y del abono, si procediera, de la correspondiente tasa judicial, con el apercibimiento de que, si no se observaren dichos requisitos, no se admitirá a trámite el recurso.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a doña Malledant Therese y don Jean François Georges Caron, expido y firmo la presente en Torrejón de Ardoz, a 16 de julio de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/31.280/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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