Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
02-10-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191002-151

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÁDIZ NÚMERO 2

151
Cádiz número 2. Ejecución 111/2019

EDICTO

Doña Carmen Yolanda Toro Vílchez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Cádiz.

Doy fe y testimonio: Que en este Juzgado se sigue ejecución número 111 de 2019, dimanante de autos número 111 de 2019, en materia de ejecución de títulos judiciales, a instancias de Fernando Ramírez Guillén contra Chorreras de Muelas, S. A., habiéndose dictado resolución cuya parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima dijo: el escrito presentado por la parte demandante, así como la certificación del acta de conciliación, fórmense autos y conforme a lo solicitado, procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada, Chorreras de Muela, S. A., en cantidad suficiente a cubrir la suma de 19.964,83 euros en concepto de principal, más la de 3.194,37 euros, calculadas para intereses y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario. Agotados estos medios de conocimiento, de conformidad con el artículo 95.1.h) y 2 de la Ley General Tributaria, recábese información a través de la aplicación de la AEAT.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento quinto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma el ilustrísimo señor don Eloy Hernández de la Fuente, magistrado del Juzgado de lo social número 2 de Cádiz. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia.—El magistrado.

Y para que sirva de notificación en forma a Chorreras de Muelas, S. A., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Cádiz, a 4 de septiembre de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/30.749/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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