Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
01-10-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191001-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 6

67
Leganés número 6. Procedimiento 253/2018

EDICTO

Doña María José Lucas Rebenaque, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 6 de Leganés.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 253/2018, instados por el procurador don Marcelino Bartolomé Garretas, en nombre y representación de Banco Sabadell, S. A., contra ignorados ocupantes de la calle San Alfonso, número 2, primero D, en los que se ha dictado en fecha 26 de abril de 2019 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por Banco Sabadell, S. A., representada por el procurador, don Marcelino Bartolomé Garretas, frente a actuales e ignorados ocupantes de la finca sita en la calle San Alfonso, número 2, planta primera, puerta D, de Leganés, y, en consecuencia, debo declarar y declaro que los demandados ocupan la vivienda objeto del procedimiento sin título alguno y en situación de precario, haber lugar al desahucio por precario del inmueble indicado, condenándoles a dejar libre, vacua y expedita la mencionada finca, a disposición de la actora, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo efectuaran de manera inmediata.

Se imponen a la parte demandada de las costas causadas en este procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes.

Modo de impugnación: El recurso de apelación se interpondrá ante el Tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días, contados desde el día siguiente a la notificación de aquélla, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2395-0000-00-0253-18 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Leganés, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2395-0000-00-0253-18.

Asimismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El juez/magistrado juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, ignorados ocupantes de la calle San Alfonso, número 2, primero D, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Leganés, a 2 de septiembre de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/30.163/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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