Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 232

Fecha del Boletín 
30-09-2019

Sección 1.3.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190930-11

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS

11
ORDEN 26/2019, de 13 de septiembre, del Consejero de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se nombran Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles con destino en el territorio de la Comunidad de Madrid.

Por Resolución de 5 de julio de 2019 (“Boletín Oficial del Estado” de 15 de julio de 2019), la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia convocó el concurso ordinario número 304 de los correspondientes a provisión de Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, que incluía vacantes radicadas en la Comunidad de Madrid.

Mediante Resolución de 5 de septiembre de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, se resuelve el concurso y se dispone su comunicación a las Comunidades Autónomas para que se proceda a los nombramientos.

Mediante escrito de esa Dirección General de 5 de septiembre de 2019 se comunican los Registradores que deben ser nombrados por la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid es competente para el nombramiento de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles correspondientes a las plazas de su ámbito territorial, tal como establece el artículo 50.2 de su Estatuto de Autonomía.

Dentro de la Administración Autonómica, corresponde la tramitación de los nombramientos de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles destinados en el territorio de la Comunidad de Madrid a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, de conformidad con el artículo 5.c) del Decreto 88/2018, de 12 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, los artículos 1 y 4 del Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidencia de la Comunidad, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3 del Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

Por su parte, el artículo 5.c) del Decreto 88/2018, de 12 de junio, del Consejo de Gobierno, atribuye la aprobación del nombramiento de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles destinados en el territorio de la Comunidad de Madrid al titular de la Consejería. En virtud del artículo 11 de la Orden 6/2018, de 8 de junio, de la Consejera de Justicia, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de funciones y de lo previsto en las disposiciones finales segunda y tercera del Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, esta competencia debe entenderse delegada en la titular de la Viceconsejería de Justicia y Víctimas.

En consecuencia, conforme a lo establecido en los artículos 513 y siguientes del Reglamento Hipotecario y en el ejercicio de la competencia que me está atribuida por las disposiciones citadas,

DISPONGO

Primero

Nombramiento

Nombrar a los Registradores de la Propiedad y Mercantiles que a continuación se relacionan para la provisión de los siguientes destinos radicados en la Comunidad de Madrid:

Segundo

Comunicaciones

Dar de esta Orden los traslados reglamentariamente establecidos, por conducto de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Producción de efectos

La presente Orden producirá efectos al día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de publicación, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

Dada en Madrid, a 13 de septiembre de 2019.—El Consejero de Justicia, Interior y Víctimas, PD (Orden 6/2018, de 8 de junio), la Viceconsejera de Justicia y Víctimas, Yolanda Ibarrola de la Fuente.

(03/31.248/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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