Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 230

Fecha del Boletín 
27-09-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190927-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

73
Madrid número 11. Ejecución 21/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ENCARNACION GUTIERREZ GUÍO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 21/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SERGIO PERALTA MORALES frente a GRUPO CEDEGON SERVICE SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución :

PARTE DISPOSITIVA (DECRETO DE 02/09/2019)

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 16.461,96 euros de principal; 1.646 euros de intereses y costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL del ejecutado GRUPO CEDEGON SERVICE SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Habiéndose verificado que en la cuenta de consignaciones de este juzgado existe una cantidad cuyo importe asciende a 7 euros se acuerda expedir mandamiento de pago por importe de 7 euros en concepto de parte de principal a favor de DON SERGIO PERALTA MORALES.

El citado mandamiento habrá de ser retirado en la secretaría de este juzgado en un plazo de DIEZ DIAS una vez firme la presente resolución.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de certificación expedida de oficio por este juzgado a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL una vez firme la presente resolución.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRUPO CEDEGON SERVICE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dos de septiembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/29.904/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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