Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 230

Fecha del Boletín 
27-09-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190927-52

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 59

52
Madrid número 59. Procedimiento 386/2017

EDICTO

Doña Eusebia Martín Cuesta, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 59 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 386/2017, instados por el procurador don Jacobo Borja Rayón, en nombre y representación de Inse Rail, S. L., contra doña Sara Julia Santander Arranz, doña Ángeles Santander Arranz, doña Julia Serrano Agejas, doña Julita Blázquez Serrano y doña Mercedes Blázquez Serrano, ignorados herederos de don José Blázquez Serrano, doña Ana Blázquez Sirvent, doña Ana Isabel Blázquez Ruiz del Fresno, doña Sara Blázquez Ruiz del Fresno, don Gerardo José Blázquez Ruis del Fresno, herencia yacente de don José Blázquez Serrano y don Gerardo Blázquez Sirvent, en los que se ha dictado en fecha 28 de enero de 2019 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador señor Borja Rayón, en representación de Inserail, S. L., frente a la herencia yacente de don José Blázquez Serrano, declaro la resolución del contrato de compraventa otorgado el 15 de marzo de 2016, ante el notario don José María Gharcía Pedraza en la fecha citada, con el número de protocolo 472 (documento número 4), respecto a la finca registral número 1.666 del Registro de la Propiedad de Jávea, con todos los efectos inherentes a la resolución, en los términos y conforme a lo solicitado en el escrito de demanda, declarando que la demandante tiene derecho a ser indemnizada en la cantidad de 15.000 euros, extinguiéndose dicha deuda por compensación con la obligación de la actora de devolver el importe de 15.000 euros abonados por el señor Blázquez en concepto de fianza por el arrendamiento del inmueble, condenando a los indicados demandados al abono de las costas procesales devengadas en la tramitación del procedimiento en esta instancia.

Por su parte, debo desestimar y desestimo la demanda formulada por el procurador señor Borja Rayón, en representación de Inserail, S. L., frente a doña Julia Serrano Agujas, doña Mercedes Blázquez Serrano, doña Julia Blázquez Serrano, representadas por el procurador señor Rodríguez Orozco, doña Ángeles Santander Arranz, representada por el procurador señor Noriega Arquer, y doña María Julia Santander Arranz, representada por el procurador señor Martín Ibeas, les absuelvo de toda responsabilidad civil derivada de las presentes actuaciones, sin que haya lugar a efectuar expreso pronunciamiento sobre costas.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de ignorados herederos de don José Blázquez Serrano, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de los interesados en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 3 de septiembre de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/30.465/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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