Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 230

Fecha del Boletín 
27-09-2019

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190927-11

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD

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RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2019, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se declara afectado por grave sequía a todo el territorio de la Comunidad de Madrid.

La grave sequía sufrida en España durante 2019, especialmente en primavera y en verano, ha afectado gravemente a la actividad agrícola disminuyendo los rendimientos de la vegetación utilizada para la alimentación animal, especialmente de pastizales y pastos.

Esta situación ha provocado que los sectores ganaderos tuvieran escasez de forrajes y les impidió almacenar reservas. Estas consecuencias ocasionaron problemas, principalmente debido al aumento de los costes a causa de la escasez de producción, lo cual puso en peligro la viabilidad de las explotaciones afectadas.

Con el fin de que los agricultores de las zonas afectadas puedan sacar el máximo rendimiento de las superficies disponibles, a efectos de la alimentación de los animales, España ha solicitado autorización para establecer excepciones a determinadas condiciones relacionadas con el pago de ecologización en lo que respecta a las tierras en barbecho que cumplen los requisitos para ser consideradas superficies de diversificación de cultivos o de interés ecológico, de conformidad con el artículo 44, apartado 4, y el artículo 46, apartado 2, párrafo primero, letra a), del Reglamento (UE) 1307/2013, respectivamente.

Con fecha de 6 de septiembre de 2019, se ha publicado en el DOUE la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1389 de la Comisión de 4 de septiembre de 2019, por la que se autorizan excepciones al Reglamento (UE) 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo y al Reglamento Delegado (UE) 639/2014 de la Comisión en lo que atañe al cumplimiento de determinadas condiciones relativas al pago de ecologización para el año de solicitud 2019 en Bélgica, España, Francia, Lituania, Polonia y Portugal.

En concreto, no obstante lo dispuesto en el artículo 45 apartado 2 del Reglamento Delegado (UE) 639/2014, para el año de solicitud 2019, las Comunidades Autónomas que así lo decidan, podrán estimar que las tierras en barbecho se consideren superficies de interés ecológico aun cuando dicha superficie haya sido objeto de pastoreo o hayan sido cosechadas con fines de producción.

Dicha excepción se aplicará únicamente a las superficies en las que se encuentre el ganado afectado y hayan sido reconocidas formalmente mediante un acto administrativo o norma autonómica emitida por la autoridad competente, como afectadas por la grave sequía en 2019.

El reconocimiento formal de las regiones afectadas por las autoridades competentes de cada Comunidad Autónoma, deberá producirse a más tardar el 20 de septiembre de 2019.

La Comunidad de Madrid en su conjunto se ha visto afectada gravemente por la sequía.

La Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad tiene competencias en la materia, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y en el artículo 6 del Decreto 84/2018, de 5 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería.

Por todo ello, esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación considera conveniente establecer como afectado por la grave sequía a todo el territorio de la Comunidad de Madrid.

Por lo anteriormente expuesto, y cumplidos los trámites reglamentarios.

RESUELVO

Primero

Declarar como afectado por grave sequía a todo el territorio de la Comunidad de Madrid a los efectos establecidos en la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1389 de la Comisión de 4 de septiembre de 2019, por la que se autorizan excepciones al Reglamento (UE) 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo y al Reglamento Delegado (UE) 639/2014 de la Comisión en lo que atañe al cumplimiento de determinadas condiciones relativas al pago de ecologización para el año de solicitud 2019 en Bélgica, España, Francia, Lituania, Polonia y Portugal.

Segundo

Las tierras en barbecho situadas en las zonas declaradas como afectadas por grave sequía en la Comunidad de Madrid, podrán ser consideradas como superficies de interés ecológico aun cuando dicha superficie haya sido objeto de pastoreo o hayan sido cosechadas con fines de producción.

Tercero

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 19 de septiembre de 2019.—El Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, José Luis Sanz Vicente.

(03/31.945/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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