Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
26-09-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190926-44

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 54

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Madrid número 54. Procedimiento 45/2018

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 45 de 2018, entre Recreativos Pozuelo, S. L., y don José Barbarroja López, en cuyos autos se ha dictado la siguiente sentencia, número 327 de 2018, de 19 de diciembre de 2018:

Fallo

Estimando íntegramente la demanda formulada por el procurador de los Tribunales, señor Argo Linares, en nombre y representación de Recreativos Pozuelo, S. L., frente a don José Barbarroja López, en rebeldía, condeno al demandado a pagar al demandante la suma de 18.384 euros de principal, con otros 550 euros de intereses calculados hasta la fecha de la sentencia, sin perjuicio de los de mora procesal hasta el completo pago, con expresa condena en costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado dentro de los veinte días siguientes a su notificación, para ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2651-0000-04-0045-18 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresadas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 54, de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2651-0000-04-0045-18.

Asimismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.

Publicación

Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión a autos.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a don José Barbarroja López, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 24 de mayo de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/20.055/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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