Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 218

Fecha del Boletín 
13-09-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190913-41

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 71

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Madrid número 71. Procedimiento 368/2018

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 368 de 2018, entre don José Manuel Domínguez Gómez y doña Noelia Gil Díaz y Alma Proyectos Inmobilarios, en reclamación de cantidad y obligación de hacer, en cuyos autos se ha dictado, en fecha 12 de febrero de 2019, sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Sentencia número 20 de 2019

Madrid, a 12 de febrero de 2019.—El magistrado-juez, don Antonio Castro Martínez.

Vistos por don Antonio Castro Martínez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 71 de Madrid, los autos de juicio verbal señalados con el número 368 de 2018, seguidos a instancias de la procuradora doña Adela Cano Lantero, en nombre y representación de don José Manuel Domínguez Gómez, asistida por la letrada señora Palenzuela Otálora, contra doña Noelia Gil Díaz, y contra Alma Proyectos Inmobiliarios, S. L., ambos en situación procesal de rebeldía, y

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda deducida por la procuradora doña Adela Cano Lantero, en nombre y representación de don José Manuel Domínguez Gómez, contra doña Noelia Gil Díaz y contra Alma Proyectos Inmobiliarios, S. L, ambos en situación procesal de rebeldía; declaro haber lugar totalmente a la misma y, en su virtud, condeno a dicha parte demandada a abonar solidariamente a la actora la cantidad de 1.423,00 euros, más los intereses legales que correspondan, debiendo, asimismo, los demandados ejecutar las obras necesarias para subsanar el origen de las filtraciones que generan los daños por agua que padece el trastero del demandante y de los objetos almacenados en el mismo.

Todo ello con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada.

Así, por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia lo pronuncio y firmo.

Y para que sirva de notificación a doña Noelia Gil Díaz expido y firmo la presente en Madrid, a 25 de julio de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/29.573/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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