Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 212

Fecha del Boletín 
06-09-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190906-35

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 22

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Madrid número 22. Procedimiento 535/2018

EDICTO

Don Carlos Beltra Cabello, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Modificación de medidas supuesto contencioso número 535 de 2018, instados por el procurador don José Andrés Cayuela Castillejo, en nombre y representación de don Pedro González Odena, contra doña Svetlana Zhurova Zhurova, en los que se ha dictado, en fecha 28 de junio de 2019, sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

“Que, estimando la demanda interpuesta por el procurador don Pedro González Odena, en nombre y representación de don José Andrés Cayuela Castillejo, con la asistencia letrada de don José María Labadía de Páramo, frente a doña Svetlana Zhurova Zhurova, en situación procesal de rebeldía, debo modificar y modifico la siguiente medida contenida en la sentencia de divorcio de 22 de febrero de 1998:

1. Uso de la que constituyó vivienda conyugal: se atribuye a don José Andrés Cayuela Castillejo.

Y todo ello sin que proceda hacer especial pronunciamiento en costas.

Así, por esta mi sentencia, contra la que cabe interponer en el plazo de veinte días recurso de apelación que no suspenderá la eficacia de las medidas acordadas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 455 y 774 de la citada Ley, lo pronuncio, mando y firmo.

En el referido juicio se ha dictado, en fecha 3 y 9 de julio de 2019, autos de aclaración cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Se subsana el defecto advertido en sentencia número 285 de 2019, de 28 de junio de 2019, en los siguientes términos:

En los antecedentes de hecho y fallo debe decir: “Por el procurador don José Andrés Cayuela Castillejo, en nombre y representación de don Pedro Gonzalez Odena”.

En el fallo de la sentencia, en el punto 1, debe decir: “Uso de la que constituyó vivienda conyugal: se atribuye a don Pedro Gonzalez Odena”.

Incorpórense estas resoluciones al libro de resoluciones definitivas, insertándose a continuación de aquella que da lugar a la presente resolución y llévese testimonio a los autos principales.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Svetlana Zhurova Zhurova y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 9 de julio de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/26.912/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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