Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 208

Fecha del Boletín 
02-09-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190902-40

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 3

40
Majadahonda número 3. Procedimiento 276/2017

EDICTO

D./DÑA. OSCAR CASTAÑO CASTAÑO LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 3 DE MAJADAHONDA.

DOY FE Y TESTIMONIO: En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 276/2017 entre D./Dña. IVAN RODRIGUEZ APARICIO y D./Dña. JOSE PEDRO ANGULO ANTON por un presunto delito de Robo con fuerza en las cosas, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº 25 / 2019

En Majadahonda, a ocho de febrero de dos mil diecinueve.

Vistos en juicio oral por mí, Silvia García-Cuerva García, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Majadahonda, el juicio por delito leve 276/2017, por un presunto delito de hurto del art 234 del Código Penal, en el que figura como denunciante Inmaculada de la Rubia Salinas sin asistencia de abogado, como perjudicados Antonio Javier Quiros Cabello, Ricardo Usano Villalba, Doctor Gutiérrez García, Iván Rodríguez Aparicio, Mónica García González, FREMAP y Mapfre y como denunciado José Pedro Angulo Antón sin asistencia de abogado, y con la asistencia del Ministerio Fiscal, he pronunciado, en nombre de S. M. el Rey, la siguiente sentencia.

FALLO

Que debo condenar y condeno a José Pedro Angulo Antón como autor criminalmente responsable de un delito leve de hurto continuado a la pena de multa de DOS MESES a razón de una cuota diaria de SEIS EUROS con expresa condena en costas.

Llévese el original de esta sentencia al libro de sentencias, dejando testimonio literal de la misma en las actuaciones.

Notifíquese esta sentencia al Ministerio Fiscal y a las partes haciendo constar que contra la misma cabe recurso de apelación que deberá interponerse ante este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación, por escrito y con firma autorizada de Letrado.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a D. JOSE PEDRO ANGULO ANTON expido y firmo la presente.

En Majadahonda, a 6 de agosto de 2019.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/28.661/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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