Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 205

Fecha del Boletín 
29-08-2019

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190829-178

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

178
Madrid número 41. Ejecución 93/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 93/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. PABLO FERNANDEZ MOLERO, D./Dña. ALICIA PAJARES ZAFRA, D./Dña. JULIO ALBERTO IZQUIERDO BARQUILLA, D./Dña. SUSANA PERUCHA NAVARRO, D./Dña. JUAN DAVID MARTIN MARTIN, D./Dña. LUZ AMADA SANCHEZ CUMBICOS, D./Dña. MARIA ANGELES HIDALGO GOMEZ y D./Dña. JUAN DIEGO ZORNOZA SOLER frente a CENTRO DEPORTIVO FUENTE DEL BERRO SL, D./Dña. FRANCISCO JAVIER SAMPER BALLESTER y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución :

PARTE DISPOSITIVA

No ha lugar a despachar la ejecución, por encontrarse la entidad ejecutada CENTRO DEPORTIVO FUENTE DEL BERRO SL en situación de concurso de acreedores. Hágase entrega a la parte actora, una vez firme la presente, de copia sellada de la demanda y testimonio de sentencia recaída en este procedimiento, así como de la presente resolución, y archívense las actuaciones previa baja en el Libro correspondiente.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 5052-0000-64-0093-19.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CENTRO DEPORTIVO FUENTE DEL BERRO SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a quince de julio de dos mil diecinueve .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/26.557/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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