Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 200

Fecha del Boletín 
23-08-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190823-103

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE PUERTO DEL ROSARIO NÚMERO 4

103
Puerto del Rosario número 4. Procedimiento 42/2019

EDICTO

Doña Paloma Sancho Sama, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 con sede en Puerto del Rosario (Fuerteventura).

Hago saber: Que en procedimiento tramitado en este Juzgado al número 42 de 2019, a instancias de doña María Brito Mora contra FOGASA y Sensor Basic, S. L., se ha dictado auto y decreto, ambos de fecha 10 de julio de 2019, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Auto de 10 de julio de 2019

“Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancias de doña María Brito Mora contra FOGASA y Sensor Basic, S. L., por un principal de 6.826,75 euros, más 700,00 euros de intereses provisionales y costas provisionales.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el letrado de la Administración de Justicia y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada”.

Decreto de 10 de julio de 2019

“Acuerdo:

— Recábese información, a través del Punto Neutro Judicial, de las bases de datos de las entidades y organismos a que este Juzgado tiene acceso y que deban tener constancia de bienes o derechos susceptibles de embargo, de la parte ejecutada Sensor Basic, S. L., y de su resultado dese traslado al ejecutante haciéndole saber que a esta información le es de aplicación lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y demás legislación vigente en la materia, siendo la misma confidencial, quedando prohibida su transmisión o comunicación pública por cualquier medio o procedimiento y debiendo ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia.

— El embargo de cantidades pendientes de devolución al ejecutado, Sensor Basic, S. L., por parte de la AEAT, así como de cantidades a la vista en entidades financieras adheridas al convenio firmado con el CGPJ, a efectuar a través de la aplicación del Banco Santander o del Punto Neutro Judicial en cantidad suficiente a cubrir la suma total por la que se despachó ejecución por importe total de 7.526,75 euros. Hágase saber a la parte ejecutada que puede evitar el embargo si efectúa el pago de las cantidades reclamadas ingresándolas en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Banco Santander en el número c/c: 5397-0000-64-0042-19; para el supuesto de ingreso por transferencia bancaria, deberá realizarse la misma al siguiente número de cuenta: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274.

El presente decreto se notificará en la forma dispuesta en el auto que autoriza la ejecución.

Los actos de comunicación con el ejecutado, Sensor Basic, S. L., se realizarán por medio de edictos, conforme lo acordado en el procedimiento ordinario número 185 de 2018 del que dimana la presente ejecución”.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Sensor Basic, S. L., en ignorado paradero, y haciéndole saber que las resoluciones íntegras junto con copia de la demanda se encuentran a su disposición en la secretaría de este Juzgado y que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en la oficina judicial, expido la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Puerto del Rosario, a 10 de julio de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/27.122/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190823-103