Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
12-08-2019

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190812-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13

97
Madrid número 13. Procedimiento 1.828/2018

EDICTO

D./DÑA. DANIEL ALEJANDRO IGNACIO CAMPOS LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N° 13 DE MADRID

DOY FE Y TESTIMONIO:

Que en el juicio sobre delitos leves n° 1828/2018 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA N° 190/2019

En Madrid a veintiocho de mayo de 2019

El Iltmo. Sr. Don Hermenegildo Alfredo Barrera Aguirre, Magistrado-Juez del Juzgado de instrucción número trece de esta ciudad, ha visto y examinado los presentes autos de juicio por delito leve, seguido con el n° 1828/18, en los que aparecen como denunciante perjudicada Día, como denunciantes los agentes de la Policía Nacional n° 116152, 128985, 132189, y 132231 y como parte denunciada Constantin Petrica Voicu, siendo parte asimismo el Ministerio Fiscal, ha dictado la presente sentencia en base a los siguientes.

FALLO

Condeno a Constantin Petrica Voicu como autor de un delito leve contra el patrimonio, hurto, del art.234.2 del Código Penal, a la pena de 30 días multa, con una cuota diaria de 3 euros, de conformidad con lo establecido en el fundamento tercero de esta resolución. La parte condenada deberá abonar las costas de este juicio.

Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y a las partes instruyéndolas de su derecho a recurrirla en apelación, ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid en el término de cinco días contados a partir del siguiente al de su notificación, quedando durante los mismos los autos a disposición de las partes en esta Secretaria, haciéndoles saber que el recurso deberá ser formalizado ante este juzgado mediante escrito, durante ese plazo, exponiendo en el mismo los motivos de la apelación, conforme estableced el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin cuyo requisito no se admitirá la misma

Así por esta mi sentencia, la mando, pronuncio y firmo.

Y para que conste y sirva d notificación de sentencia a D./Dña. CONSTANTIN PETRICA VOICU, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOCM, expido la presente.

En Madrid, a 03 de julio de 2019

EL/LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/25.555/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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