Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 188

Fecha del Boletín 
09-08-2019

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190809-59

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Villaviciosa de Odón. Organización y funcionamiento. Estructura áreas de gobierno

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), y de conformidad con la resolución de la Alcaldía-Presidencia número 2366/2019, de 25 de julio de 2019, se hace público lo siguiente:

Primero.—Corregir el error existente en el Decreto de la Alcaldía número 2054 de fecha 27 de junio, sobre contenido material de las áreas de gobierno, en los siguientes términos:

1. Se suprime del segundo párrafo del epígrafe f) del apartado 5, referido a la gestión y mantenimiento de las infraestructuras urbanas y los servicios básicos municipales, en el epígrafe que lleva como enunciado “obras públicas e infraestructuras y servicios urbanos”, dentro del ámbito material del Área de Gobierno de Empleo, Desarrollo Local y Promoción Económica, Comunicación, Nuevas Tecnologías y Movilidad, la referencia a los parques, jardines y zonas verdes, y limpieza de vías públicas, quedando en consecuencia dicho párrafo segundo redactado en los siguientes términos:

“Le corresponde también la gestión y mantenimiento de las infraestructuras urbanas y los servicios básicos municipales, lo que incluye el mantenimiento y conservación de vías públicas, gestión de residuos, la gestión de las competencias municipales sobre el ciclo del agua (redes de abastecimiento de agua y alcantarillado), y el alumbrado público, incluida la supervisión de la prestación de dichos servicios a través de contratistas”.

2. Se añade en el párrafo tercero del epígrafe a) del apartado 2, que lleva como enunciado “medio ambiente”, dentro del ámbito material del Área de Gobierno de Educación, Medio Ambiente y Sanidad, la referencia a la limpieza de vías públicas, los parques, jardines y zonas verdes, que queda redactado en los siguientes términos:

“También queda incluida en esta Área de Gobierno la gestión y diseño de las políticas públicas sobre información y participación ciudadana en medio ambiente, así como la limpieza de vías públicas, parques, jardines y zonas verdes”.

Segundo.—Corregir el error existente en el Decreto de la Alcaldía número 2162, de 8 de julio, sobre delegaciones genéricas de la Alcaldía en los concejales miembros de la Junta de Gobierno Local, en los siguientes términos:

1. El epígrafe 4 del apartado E, referido a la delegación en favor del concejal miembro de la Junta de Gobierno Local, don José María López García: Área de Gobierno de Empleo, Desarrollo Local y Promoción Económica, Comunicación y Nuevas Tecnologías y Movilidad, queda redactado en los siguientes términos:

“E.4. En materia de movilidad:

1) La elaboración y aprobación de planes de movilidad.

2) La incoación y resolución de los procedimientos sancionadores en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial por infracciones, leves, graves y muy graves.

3) La resolución de los recursos de reposición interpuestos frente a resoluciones sancionadoras en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial dictados en ejercicio de la delegación conferida.

4) La resolución de los procedimientos de concesión de tarjetas de estacionamiento para personas con movilidad reducida.

5) La resolución de los procedimientos sobre declaración de vehículos abandonados como residuos sólidos urbanos y su posterior baja y enajenación.

6) La resolución de los procedimientos derivados de solicitudes de licencias de uso especial de la vía pública para carga y descarga.”

2. Se añade un epígrafe 6 al apartado G, relativo a la delegación en favor del concejal miembro de la Junta de Gobierno Local don Jesús Serrano Jiménez: Área de Gobierno de Atención al Ciudadano, Entidades Urbanísticas, Turismo y Deportes, con el siguiente contenido:

“G.6. En materia de transportes:

1) Las competencias de la Alcaldía en materia de transportes.

2) La resolución de los procedimientos derivados de solicitudes de concesión de licencias para la prestación del servicio de transporte público de viajeros en automóviles de turismo (auto taxis), así como de su traspaso o de modificación de algunos de sus elementos.”

3. El epígrafe 3 del apartado F, referido a la delegación en favor de la concejala miembro de la Junta de Gobierno Local, doña Ana María Soto Povedano, Área de Gobierno de Servicios Sociales, Mujer, Mayor, Familia y Juventud, queda redactado en los siguientes términos:

“F.3. En materia de mujer, menor y familia:

1) La iniciativa para la suscripción de convenios comprendidos dentro del ámbito material.

2) La gestión del Punto municipal del Observatorio contra la Violencia de Género”.

Tercero.—Este acto administrativo se hará público mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el portal de transparencia de la página web del Ayuntamiento.

En Villaviciosa de Odón, a 26 de julio de 2019.—El Secretario General, Manuel Paz Taboada.

(03/27.567/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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