Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 188

Fecha del Boletín 
09-08-2019

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190809-29

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN

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ORDEN 2413/2019, de 1 de agosto, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se conceden los premios correspondientes al XXVI Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid.

Por la Orden 4186/2019, de 20 de noviembre, de la Consejería de Educación e Investigación, cuyo extracto se publicó el 3 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de diciembre de 2018), se convocó el XXVI Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid.

Vista el Acta de la Comisión de Selección, reunida en Madrid el día 5 de junio de 2019,

DISPONGO

Primero

Conceder los premios correspondientes al XXVI Certamen de Teatro Escolar, por un importe total de 15.500 euros, de acuerdo con el desglose que a continuación se detalla, con el fin de apoyar la realización de las actividades objeto de la convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 1001.150120000.322O.48500.

Segundo

Conceder los premios propuestos en el Acta de la Comisión de Selección que seguidamente se relacionan por las cuantías que se especifican pormenorizadamente:



De conformidad con lo previsto en el artículo 11.1 de la Orden 4186/2019, de 20 de noviembre, de la Consejería de Educación e Investigación, al haberse declarado desiertos el segundo y tercer premio de la modalidad A (teatro en lengua extranjera) de Alumnos de Educación Secundaria, el importe de los mismos se emplea en otorgar dos segundos premios y dos terceros premios en la Modalidad B Teatro en Español, Alumnos de Educación Secundaria, teatro de libre elección.

Tercero

Conceder las menciones de 100 euros propuestas en el Acta de la Comisión de Selección que seguidamente se relacionan por las cuantías que se especifican pormenorizadamente:

Cuarto

Conceder premios por un importe de 1.000 euros a los directores de los grupos de teatro propuestos en el Acta de la Comisión de Selección para premio a la mejor dirección y que seguidamente se relacionan:

Quinto

Los premios concedidos se harán efectivos en un único pago. En el caso de los centros de titularidad pública, el pago se realizará a través de las Direcciones de Área Territorial.

En el caso de los centros privados y concertados, los libramientos se remitirán a nombre de los centros que hayan sido premiados.

La cuantía de los premios a los directores de teatro mejor valorados del certamen se librará a favor de los centros que, a su vez, quedan obligados a transferir dicha cuantía a los mencionados directores. Todo ello de conformidad con el artículo 11.2 de la Orden 4186/2018, de 20 de noviembre, registrada en la Base de Datos Nacional y Subvenciones (Identif.: 425435).

Sexto

Excluir totalmente por haber formulado renuncia al Certamen:

Séptimo

Las obligaciones de los beneficiarios y el régimen de control serán los establecidos en el artículo 14, Obligaciones del beneficiario y régimen de control, de la Orden 4186/2018, de 20 de noviembre, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se convoca el XXVI Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid.

Octavo

La Consejería de Educación e Investigación y la Intervención General de la Comunidad de Madrid podrán realizar mediante los procedimientos legales pertinentes las comprobaciones necesarias respecto al destino y aplicación de los fondos, sin perjuicio de las que pueda efectuar el Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes.

Noveno

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación e Investigación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

Madrid, a 1 de agosto de 2019.

El Consejero de Educación e Investigación, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR

(03/28.217/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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