Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 188

Fecha del Boletín 
09-08-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190809-158

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

158
Madrid número 20. Procedimiento 219/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ALMUDENA ORTIZ MARTIN LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 219/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALEXANDRA MARIA POP frente a LESCAMPRERU, S.L. y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución :

FALLO

Que estimando la demanda de despido formulada por Dª ALEXANDRA MARIA POP contra LA EMPRESA LESCAMPRERU S.L., siendo parte FOGASA que no comparecen pese a estar citados en legal forma, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora de fecha de efectos de 15.06.2018 condenando a la empresa demandada a abonar a la actora la suma de 1.392,93 euros en concepto de indemnización y 7.541,52 euros en concepto de salarios de tramitación, de los que se descontaran los periodos de prestación de servicios para otras empresas. Declarando extinguida la relación laboral.

En cuanto a FOGASA habrá de estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe interponer recurso de suplicación, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, o por simple manifestación en el momento de la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en BANCO SANTANDER a nombre de este Juzgado con nº2518 acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenado a alguna cantidad, consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado abierta en C/ Princesa nº2 con el nº 2518 la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándose a este Juzgado con el anuncio de recurso.

Así por ésta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACION.-Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de la fecha por la Ilma. Sra. Magistrada que la suscribe en la Sala de Audiencias de este juzgado. Doy Fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LESCAMPRERU, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintidós de julio de dos mil diecinueve

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/26.938/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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