Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
08-08-2019

Sección 1.3.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190808-8

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

8
RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2019, de la Dirección General de Administración Local, sobre la clasificación del puesto de colaboración, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, denominado Vicesecretaría-Intervención y Tesorería, del Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo.

Visto el expediente remitido por el Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo, mediante escrito de fecha 23 de julio de 2019 y NRE REGAGE19e00003326333, remite la documentación relativa a la creación del puesto de colaboración, a la Secretaría-Intervención y Tesorería, denominado Vicesecretaría-Intervención y Tesorería, reservado a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría-Intervención categoría: única, adoptado por pleno en sesión de 7 de mayo de 2019, para su clasificación por parte de la Comunidad de Madrid.

Visto que consta en el expediente: memoria de Alcaldía de fecha 3 de mayo de 2019, sobre la justificación y necesidad de la creación de un puesto de colaboración adscrito a la Secretaría, Intervención y Tesorería; Oficio de Alcaldía de solicitud de clasificación del puesto de colaboración denominado Vicesecretaría-Intervención y Tesorería; certificado de Secretaría del acuerdo de Pleno de fecha 7 de mayo de 2019, de modificación de la plantilla de personal, del presupuesto general de la entidad para el año 2019 y de creación del puesto de colaboración a la Secretaría-Intervención y Tesorería; publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 5 de junio de 2019 y número 132, de aprobación inicial de la modificación de la plantilla de personal y presupuesto general; publicación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 10 de julio y número 162, de modificación de la plantilla de personal y del presupuesto general del Ayuntamiento para el ejercicio 2019.

Visto que dichos puestos se definen como aquellos que las Corporaciones Locales puedan crear discrecionalmente para el ejercicio de las funciones de colaboración inmediata a las de secretaría, intervención y tesorería, correspondiendo su clasificación a las Comunidad Autónomas. Que estos puestos serán clasificados a propuesta de la corporación y estarán reservados a funcionarios de habilitación de carácter nacional de la subescala y categoría que proceda.

Visto que el artículo 15 del RD 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, se debe concluir que la competencia para la creación del puesto corresponde al Ayuntamiento, mientras que la clasificación le corresponde a la Comunidad de Madrid.

Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.

Visto el informe del Área de Régimen Jurídico Local e Innovación Tecnológica, favorable a dicha clasificación.

Considerando que esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 57/2018, de 21 de mayo; Decreto 59/2018, de 24 de mayo, y Decreto 87/218, de 12 de junio,

HE RESUELTO

1. Clasificar, en virtud de las competencias de clasificación atribuidas a la Comunidad Autónoma en los artículos 15 del RD 128/2018, que regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, el puesto de colaboración a la Intervención y Tesorería del Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo denominado Vicesecretaría-Intervención y Tesorería reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la subescala Secretaría-Intervención, categoría: única, de conformidad con el acuerdo de creación adoptado por dicho Ayuntamiento en sesión de Pleno de fecha 7 de mayo de 2019, en virtud de las competencias que le atribuye del artículo 15 del RD 128/2018, de 16 de marzo.

2. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3. Comunicar la presente Resolución al Ministerio de Política Territorial y Función Pública, a los efectos que sean procedentes.

4. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Presidencia o ante el Director General de Administración Local, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 30 de julio de 2019.—El Director General de Administración Local, Juan Ignacio Merino de Mesa.

(03/27.814/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190808-8