Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
08-08-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190808-158

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

158
Madrid número 17. Procedimiento 404/2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARIA GARCIA FERREIRA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 17 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 404/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. MARIA AMAPOLA BLANCO RAMIREZ frente a TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, IBERMUTUAMUR MATEP DE LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 274, INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL y SEDISA ALIMENTACIÓN S.A. en materia social se ha dictado la resolución de fecha 12/04/2019:

Contra dicha resolución puede interponerse ante este Juzgado recurso reposición en el plazo de tres días hábiles, a contar desde el siguiente día a la fecha de la publicación del presente edicto, con los requisitos y advertencias legales que constan en la resolución que se le notifica, de la cual puede tener conocimiento íntegro en la oficina judicial de este Juzgado sito en la calle Princesa nº 3 de Madrid.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SEDISA ALIMENTACIÓN, S.A., cuyo domicilio actual se desconoce, se expido este edicto, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir la forma de auto o sentencia, o de decreto, cuando pongan fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

En Madrid, a ocho de julio de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/25.178/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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