Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
07-08-2019

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190807-54

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Leganés. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria de subvenciones para la adquisición de material didáctico y complementario y realización de actividades complementarias de apoyo a la escolaridad en los centros públicos y privados concertados de educación infantil y primaria, educación secundaria, bachillerato y educación especial de Leganés durante el curso escolar 2019-2020.

BDNS (Identif.): 468717

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Podrán presentarse a esta convocatoria los centros financiados con fondos públicos que, impartiendo enseñanzas de Educación Infantil, Primaria, Educación Secundaria, Bachillerato y Educación Especial en el municipio de Leganés que tengan los siguientes requisitos:

— Contar con alumnado perteneciente a familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción (RMI).

— Contar con alumnado perteneciente a familias en situación de Intervención Social dictaminados por los Servicios Sociales del Ayuntamiento.

— Contar con alumnado perteneciente a familias perceptoras de precios reducidos y exención de comedor por parte de la Comunidad de Madrid.

— Contar con alumnado tutelado por la Comunidad de Madrid en régimen de acogimiento residencial o familiar.

— Contar con alumnado con la condición de víctima de violencia de género.

— Contar con alumnado beneficiario de protección internacional en cualquiera de sus modalidades.

— Contar con alumnado con la condición de víctimas del terrorismo.

Estos datos se refieren necesariamente a alumnado matriculado en aulas sostenidas con fondos públicos.

Segundo. Objeto.—El objeto de la convocatoria es regular y fijar los criterios y procedimiento de concesión de las subvenciones otorgadas, por el Ayuntamiento de Leganés y contempla:

— Los gastos relativos a las actividades complementarias (autocares, entradas a museos de todo tipo, teatros, conciertos, granjas escuelas, aulas de naturaleza…).

— Los gastos de libros de texto que no estén recogidos en la Ley 7/2017 de 27 de junio, de Gratuidad de libros de texto y el material curricular de la Comunidad de Madrid, modificada por Ley 10/2017 de 31 de octubre y en el Decreto 168/2018 de 11 de diciembre de 2018.

— Material escolar que, debido a su carácter fungible o a su vigencia inferior a cuatro años, no son objeto de subvención por otras administraciones y que resultan, sin embargo, necesarios para el desarrollo de las actividades escolares, suponiendo una carga importante para las familias en situación de desventaja socioeconómica.

Tercero. Bases reguladoras.—Bases aprobadas en Junta de Gobierno Local de 21 de mayo de 2019, modificación en Junta de Gobierno Local de 11 de junio de 2019 y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de fecha 11 de julio de 2019.

Cuarto. Cuantía.—El crédito presupuestario destinado a financiar las subvenciones asciende a 400.000,00 euros, de los cuales 320.000,00 euros serán con cargo al ejercicio 2019 y 80.000,00 euros con cargo al ejercicio 2020. Aplicación presupuestaria 07/3200/48901.

Se aplicará un módulo fijo de 300 euros por cada aula sostenida con fondos públicos en las etapas de educación infantil y primaria, y por cada grupo autorizado sostenido con fondos públicos en las etapas de educación secundaria obligatoria y no obligatoria siendo el número máximo de aulas a contabilizar 50 por centro educativo.

Quinto. Presentación de solicitudes.—Las solicitudes se ajustarán al modelo de la convocatoria y podrá obtenerse a través de la página web institucional del Ayuntamiento www.leganes.org

Se presentará una solicitud por centro educativo.

Sexto. Plazo de presentación.—Se establece desde el día 2 al día 30 de septiembre de 2019.

La presentación será electrónica, a través del siguiente enlace: https://rec.redsara.es

Leganés, a 30 de julio de 2019.—La concejala-delegada de Educación, Discapacidad, Inmigración, Infancia y Juventud, Virginia Jiménez Calero.

(03/27.730/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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