Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
07-08-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190807-114

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

114
Madrid número 14. Procedimiento 240/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 240/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. YENDRY ESTHER ENCARNACION LUCIANO frente a HECIMI CERVECEROS SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº 302/2019

En Madrid, a uno de julio de dos mil diecinueve.

FALLO

1º. Que ESTIMANDO la demanda que en materia de DESPIDO ha interpuesto DÑA. YENDRY ESTHER ENCARNACIÓN LUCIANO contra HECIMI CERVECEROS S.L., debo declarar y declaro la IMPROCEDENCIA del despido del que fue objeto la actora el día 2-2-2019 y, constando el cierre de la empresa y el cese de sus actividades y siendo imposible la readmisión, debo declarar y declaro EXTINGUIDA la relación laboral con fecha de 1-7-2019, condenando al demandado a que abone al demandante la cantidad de SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO EUROS CON CINCUENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (694,54 euros) en concepto de indemnización, así como la cantidad de TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTIUN EUROS CON CUATRO CÉNTIMOS (3.421,04 euros) en concepto de salarios de tramitación, sin perjuicio de la posibilidad de deducir por este concepto los salarios percibidos por el actor como consecuencia de un nuevo empleo; y todo ello con intervención del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.

2º. Que ESTIMANDO la demanda que en materia de RECLAMACIÓN DE CANTIDAD ha interpuesto DÑA. YENDRY ESTHER ENCARNACIÓN LUCIANO contra HECIMI CERVECEROS S.L., debo condenar y condeno a ésta a que abone a la actora la cantidad total bruta de MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS EUROS CON NOVENTA CÉNTIMOS (1.246,90 euros), junto con el interés por mora del artículo 29.3 del ET; y todo ello con intervención del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.

Notifíquese esta resolución a las partes con entrega de copia, advirtiéndoseles que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución, mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo Social.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando, y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a HECIMI CERVECEROS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a uno de julio de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/24.955/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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