Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 185

Fecha del Boletín 
06-08-2019

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190806-65

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SERRANILLOS DEL VALLE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Serranillos del Valle. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación miembros Corporación

En la sesión celebrada por el Pleno con fecha 31 de julio de 2019 ha sido adoptado por el Ayuntamiento Pleno de Serranillos del Valle el siguiente acuerdo:

En uso de la facultad que me confiere el artículo 13.4 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, con base en lo preceptuado en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, formulo al Pleno de la Corporación la siguiente propuesta sobre el régimen de retribuciones de los miembros de la Corporación.

Primero.—Desempeñarán sus cargos en régimen de dedicación exclusiva:

— El alcalde-presidente.

— Primer teniente de alcalde.

— Segundo teniente de alcalde.

Desempeñarán sus cargos en régimen de dedicación parcial:

— Concejal de Deportes; Mantenimiento Urbano, Servicios Generales; y Medio Ambiente.

— Concejal de Personal y Régimen Interior; Industria y Comercio; Participación Ciudadana; Atención al Ciudadano; y Tercera Edad.

Segundo.—Que las retribuciones anuales de los miembros de la Corporación queden en la actualidad, con las subidas retributivas establecidas para los empleados públicos en las siguientes cuantías:

— Alcalde-presidente: 42.400 euros brutos anuales.

— Primer teniente de alcalde, segundo teniente de alcalde con dedicación exclusiva: 32.900 euros brutos anuales.

— Concejal de Deportes; Mantenimiento Urbano, Servicios Generales; y Medio Ambiente; y concejal de Personal y Régimen Interior; Industria y Comercio; Participación Ciudadana; Atención al Ciudadano; y Tercera Edad con dedicación parcial del 95 por 100 de la jornada: 31.300 euros brutos anuales.

Tercero.—Régimen de asistencia a Junta de Gobierno Local:

— Por asistencia a sesión de la Junta de Gobierno Local: 200,00 euros para los concejales que no tengan retribución.

Cuarto.—Que se vincule esta cuantía al salario máximo establecido por la legislación de presupuestos de forma que se actualicen las mismas con el objeto de mantener la misma proporción.

Quinto.—Solicitar ante la Tesorería General de la Seguridad Social el alta de todos los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos tanto en régimen de dedicación exclusiva como parcial, asumiendo el Ayuntamiento las obligaciones que las normas del Régimen General de la Seguridad Social impone a las empresas en relación con sus trabajadores.

Sexto.—Que se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el presente acuerdo.

En Serranillos del Valle, a 31 de julio de 2019.—El alcalde, Iván Fernández Heras.

(03/28.094/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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