Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 185

Fecha del Boletín 
06-08-2019

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190806-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ

RÉGIMEN ECONÓMICO

38
Aranjuez. Régimen económico. Padrones impuestos

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local celebrada el día 25 de julio de 2019; en uso de las competencias que le han sido delegadas, han sido aprobados los padrones cobratorios correspondientes al impuesto sobre actividades económicas, ejercicio 2019; el impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica, ejercicio 2019; la tasa por la instalación de quioscos en la vía pública, segundo semestre 2019, y la tasa por el aprovechamiento especial del dominio público por la entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de aparcamiento exclusivo, ejercicio 2019.

Estos padrones permanecerán expuestos al público en el Departamento de Rentas por un plazo de quince días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Durante este plazo y el de un mes más, contado a partir del día siguiente al último de exposición pública, los interesados podrán presentar, ante la Alcaldía-Presidencia, los recursos y sugerencias que estimen oportunos.

Por otra parte se ha fijado el plazo comprendido entre los días 16 de septiembre a 15 de noviembre de 2019, ambos inclusive, para el ingreso en período voluntario de los recibos correspondientes a los citados tributos.

Transcurrido este plazo sin haberse hecho efectivas las deudas se iniciará el procedimiento de apremio, devengándose los recargos e intereses previstos en el artículo 161.4 de la Ley General Tributaria.

Aranjuez, a 25 de julio de 2019.—La concejala-delegada de Hacienda, Personal, Patrimonio Municipal y Régimen Interior, Belén Barcala del Pozo.

(02/27.289/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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