Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 182

Fecha del Boletín 
02-08-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190802-91

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 34

91
Madrid número 34. Procedimiento 509/2016

EDICTO

Juicio: procedimiento ordinario número 509 de 2016.

En el referido juicio se ha dictado sentencia de 6 abril de 2018 y auto rectificando la citada sentencia de fecha 21 de mayo de 2018.

Sentencia número 84 de 2018

Madrid, a 6 de abril de 2018.—El magistrado-juez, don José Luis Vallés Abenia.

El ilustrísimo señor don José Luis Vallés Abenia, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 34 de los de este ciudad,

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por Grenke Rent, S. A., y, en su representación, el procurador don Eduardo Manzanos Llorente, contra Lienzo Gráfico Impresores, S. L. y don Diego Francisco de la Mata Cid, debo condenar y condeno a los demandados al pago solidario de la suma de 13.822,79 euros en concepto de principal; 515,78 euros por intereses de demora, con arreglo al artículo 11.1 de las Condiciones Generales de la Contratación; 5.683,60 euros por los días de retraso en la devolución de los bienes; 40 euros por indemnización por costes de cobro; más los intereses de la Ley 3/2004, y las costas del proceso.

Notifíquese la presente resolución.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, previa la consignación de los depósitos y tasas legalmente exigibles.

Auto

Madrid, a 21 de mayo de 2018.—El magistrado-juez que lo dicta, don José Luis Vallés Abenia.

El ilustrísimo señor don José Luis Vallés Abenia, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 34 de los de este ciudad.

Dispongo haber lugar a la aclaración de la sentencia dictada en los presentes autos, en el sentido de añadir al fallo de la sentencia la estimación de la acción de resolución del contrato 121.000707 suscrito entre las partes.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Así lo acordó, manda y firma su señoría.

En Madrid, a 15 de octubre de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/21.932/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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