Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
31-07-2019

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190731-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ROZAS DE PUERTO REAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Rozas de Puerto Real. Organización y funcionamiento. Periodicidad sesiones del Pleno

Las sesiones ordinarias del Pleno se celebrarán, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y en el artículo 78.1 del ROF, cada tres meses, en días no festivos, en el salón de sesiones del Ayuntamiento (si es festivo, se podrá adelantar o retrasar la fecha), teniendo lugar la primera en el mes de octubre de 2019.

El alcalde-presidente, mediante decreto de 10 de julio de 2019, ha procedido a la estructuración del Ayuntamiento en las siguientes concejalías:

— Concejalía de Educación, Cultura y Turismo: doña Nerea Águeda Bouhaben García.

— Concejalía de Sanidad, Medio Ambiente, Agricultura, Ganadería y 61 Medidas para la despoblación: don Pedro Gutiérrez Pocostález.

— Concejalía de Festejos y Juventud: don Luis Miguel Vedia Romero.

— Concejalía de Hacienda, Empleo, Mujer y Servicios Sociales: doña Virginia Bouhaben Fernández.

— Concejalía de Obras, Infraestructuras, Servicios y Ordenación del Territorio: don G. Alejandro Carreras Fernández.

— Concejalía de Deportes: don Javier Vedia Abad.

Todas las Concejalías llevarán aparejado el ejercicio de dirigir y gestionar los servicios correspondientes, no pudiendo resolver mediante actos administrativos de ningún tipo ni existiendo ningún tipo de dedicación exclusiva ni parcial para ninguna Concejalía.

En Rozas de Puerto Real, a 17 de julio de 2019.—El alcalde-presidente, Javier Vedia Abad.

(03/26.098/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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