Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
19-07-2019

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190719-63

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ROBLEDO DE CHAVELA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Robledo de Chavela. Organización y funcionamiento. Nombramiento miembros Junta Gobierno

Visto que en fecha 26 de junio de 2019 se adoptó, por Acuerdo del Pleno, la constitución de la Junta de Gobierno Local, que deberá asistir permanente al alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, así como ejercer las atribuciones que le deleguen el alcalde o el Pleno.

Visto que, de conformidad con los artículos 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 43, 46 y 52 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, esta Alcaldía es competente para nombrar a los miembros que vayan a integrar la Junta, así como para delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en sus miembros.

Por todo ello, esta Alcaldía, resuelve:

Primero.—Nombrar, como miembros de la Junta de Gobierno Local, a los siguientes concejales:

— Doña María José Quijada Rivero.

— Don Francisco Javier González Pérez.

— Don Rubén Herranz Fernández-Mayoralas.

Segundo.—Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes atribuciones:

— Las señaladas en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, y el ejercicio de atribuciones contempladas en el párrafo J y la específica atribución de solicitar subvenciones, y justificar subvenciones siempre que por el importe de su cuantía no sea competencia específica del Pleno.

Los acuerdos que se adopten por delegación se entenderán dictados por esta Alcaldía como titular de la competencia originaria, a quien se tendrá que mantener informado del ejercicio de la delegación.

Tercero.—Comunicar esta resolución a todos los concejales afectados para su conocimiento y efectos.

Cuarto.—Publicar esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 46.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Quinto.—Dar cuenta de esta resolución al Pleno en la próxima sesión que este celebre.

Robledo de Chavela, a 1 de julio de 2019.—Lo manda y firma el alcalde, Fernando Casado Quijada.—Ante mí, la secretaria, María Ángeles Megías García de la Beldad.

(03/24.863/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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