Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
17-07-2019

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190717-43

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

URBANISMO

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Alcalá de Henares. Urbanismo. Proyecto delimitación

La excelentísima Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 26 de abril de 2019, adoptó el siguiente acuerdo:

“1.o La resolución del escrito de alegaciones en los términos que constan en los informes obrantes en el expediente.

2.o La Aprobación Definitiva del Proyecto de adecuación de la Delimitación de la U.E. número 5 del P.G.O.U., denominado “Casilla de la Clara”, con las condiciones que resultan de la resolución del escrito de alegaciones.

3.o La publicación del presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID conforme establece el artículo 100.3 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid y el artículo 38 del Reglamento de Gestión Urbanística.”

Frente al presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá usted interponer recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid que corresponda, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación del presente acuerdo.

En el supuesto de que interponga el recurso potestativo de reposición, éste se entenderá desestimado de no ser resuelto expresamente por este Ayuntamiento en el plazo de un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa ante el Juzgado antes citado por el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente al de terminación del plazo para resolver expresamente. Si dicho recurso potestativo de reposición fuera expresamente resuelto por este Ayuntamiento, el plazo para interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados a partir del día siguiente aquél en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición.

Todo ello según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que usted considere ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime pertinente.

Alcalá de Henares, a 13 de mayo de 2019.—La T.A.G. jefe de Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística (por delegación del secretario titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local y de la Asesoría Jurídica de fecha 13 de abril de 2018), Julia María Sánchez.

(02/18.293/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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