Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167

Fecha del Boletín 
16-07-2019

Sección 1.3.36.24: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190716-27

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

CANAL DE ISABEL II

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ANUNCIO de delegación de 28 de junio de 2019, para el ejercicio de las competencias que corresponden al Consejo de Administración del ente público Canal de Isabel II, para la aprobación del “Informe sobre limpieza de los márgenes del embalse de El Atazar” y para conceder la subvención para la limpieza de los márgenes del embalse de El Atazar.

El Consejo de Administración del Ente Público Canal de Isabel II, en su sesión de fecha 28 de junio de 2019, ha acordado lo siguiente:

De conformidad con lo establecido en los artículos 3.2.g) y 3.4 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la estructura orgánica de Canal de Isabel II, y en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, delegar en el Gerente del Ente Público Canal de Isabel II el ejercicio de las competencias para la aprobación del “Informe sobre limpieza de los márgenes del embalse de El Atazar”, previsto en la Orden 1263/2019, de 17 de abril de 2019, del Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno en funciones, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de Canal de Isabel II para la limpieza de los márgenes del embalse de El Atazar.

De conformidad con lo establecido en el artículo 7.1.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en los artículos 3.2.g) y 3.4 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II, y en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, delegar en el Gerente del Ente Público Canal de Isabel II el ejercicio de las competencias para conceder la subvención contemplada en el Plan Estratégico de Subvenciones de Canal de Isabel II para la limpieza de los márgenes del embalse de El Atazar, por el importe que se establezca en el “Informe sobre limpieza de los márgenes del embalse de El Atazar”, que no podrá superar los 50.000 euros, y con los requisitos establecidos en el Convenio entre Canal de Isabel II y la Mancomunidad del embalse de El Atazar por el que se regirá la subvención contemplada en el Plan Estratégico de Subvenciones de Canal de Isabel II para la limpieza de las márgenes del embalse de El Atazar. Esta delegación surtirá efectos durante todo el período de vigencia del mencionado convenio en caso de que el mismo sea prorrogado y se acuerde la continuidad del Plan Estratégico de Subvenciones de Canal de Isabel II para la limpieza de los márgenes del embalse de El Atazar.

Madrid, a 28 de junio de 2019.—La Secretaria del Consejo de Administración, Elena Lara Arenas.

(03/24.402/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.36.24: I. COMUNIDAD DE MADRID

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