Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167

Fecha del Boletín 
16-07-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190716-139

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SALAMANCA NÚMERO 2

139
Salamanca número 2. Procedimiento 321 de 2019, notificación a Anglón Servicios Integrales, S. L., y otros

EDICTO

Don Manuel J. Marín Madrazo, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Salamanca.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 321 de 2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Caballero Fuentes contra Anglon Servicios Integrales, S. L., Anglon Construcciones y Obra Civil, S. A., Prodelocal Seseña, S. L., y Antonio de Nicolás García, sobre extinción de contrato, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación del letrado de la Administración de Justicia, don Manuel J. Marín Madrazo.—En Salamanca, a 26 de junio de 2019.

Visto el estado de las actuaciones y observando que las citaciones a los demandados no han sido recogidas por sus destinatarios, y conforme al resultado de la consulta practicada en el Punto Neutro Judicial, en aplicación de la doctrina sentada al respecto por la sentencia número 47 del Tribunal Constitucional de 8 de abril de 2019, estando señalados los actos de conciliación y juicio, el día 5 de septiembre de 2019, a las 11:00 horas, se acuerda citar a Anglon Servicios Integrales, S. L., y a Antonio de Nicolás García mediante exhorto al Juzgado correspondiente y ad cautelam mediante edictos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los demandados Anglon Servicios Integrales, S. L., Antonio de Nicolás García, Anglon Construcciones y Obra Civil, S. A., y Prodelocal Seseña, S. L., al desconocerse otro domicilio de las dos últimas citadas.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos erectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

Nota: contra la presente resolución cabe recurso de reposición que deberá de ser interpuesto en el plazo de tres días ante este Juzgado.

El letrado de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Anglon Servicios Integrales, S. L., Anglon Construcciones y Obra Civil, S. A., Prodelocal Seseña, S. L., y Antonio de Nicolás García, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Salamanca, a 26 de junio de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/24.416/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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