Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
12-07-2019

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190712-139

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

139
Madrid número 29. Procedimiento 306 de 2019, notificación a Mirella Liliana Palomino Paredes y otros

EDICTO

D./Dña. ELENA MÓNICA DE CELADA PEREZ, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid.

Hago saber que en los autos Reclamación de Cantidad nº 306/2019 que se tramitan en este Juzgado de lo Social, se ha acordado:

Citar a D./Dña. MIRELLA LILIANA PALOMINO PAREDES, D./Dña. KARLO PALOMINO PAREDES, LYNX LOGISTICS, S.L., DREAMVIO SL, D./Dña. LILIANA NANCY PAREDES CABRERA y D./Dña. CARLOS PALOMINO ROBLES, por medio de edicto, al objeto de que asista al acto de conciliación, y en su caso juicio, que tendrá lugar el día 15/10/2019, a las 10:30 horas, en la sede de este Juzgado, sito en c/ Princesa, número 3, planta 8ª, 28008, sala de vistas nº 8.1.

El contenido de la resolución se encuentra a disposición del citado en esta oficina judicial, donde podrá tener conocimiento integro de la misma.

Y para que sirva de citación a D./Dña. Mirella Liliana Palomino Paredes, D./Dña. Karlo Palomino Paredes, Lynx Logistics, S. L., Dreamvio, S. L., D./Dña. Liliana Nancy Paredes Cabrera y D./Dña. Carlos Palomino Robles, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trata de auto, sentencia o decreto que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.

En Madrid, a diecinueve de junio de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/23.722/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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