Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
12-07-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190712-114

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

114
Madrid número 14. Ejecución 75 de 2019, notificación a Serconserjes, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 75/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALFONSO FERNANDEZ HERNANDEZ frente a FONDO DE GARANTIA SALARIAL y SERCONSERJES SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

A U T O

PARTE DISPOSITIVA

En Madrid, a diecisiete de junio de dos mil diecinueve.

Que apreciando un error material en el auto de fecha 31-5-2019 dictando en las presentes actuaciones, debo proceder a su subsanación en los siguientes términos:

En el HECHO PRIMERO se añade un último párrafo con el siguiente contenido: “Mediante auto de fecha 19-12-2018 se acordó la aclaración de la sentencia, declarándose probado un salario anual bruto de 14.727,15 euros y una antigüedad de 15-6-2017”.

En el RAZONAMIENTO JURÍDICO SEGUNDO, donde pone “a razón de 26,29 euros diarios”; DEBE PONER: “a razón de 40,35 euros diarios”

La PARTE DISPOSITIVA, queda sustituida por lo siguiente:

“Se DECLARA EXTINGUIDA la relación laboral que unía a D. ALFONSO FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ con SERCONSERJES S.L., con efectos de 31-5-2019, condenando a la empresa a que abone al trabajador las siguientes cantidades:

NOMBRE TRABAJADOR: D. ALFONSO FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ

INDEMNIZACIÓN: DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y TRES EUROS CON DIEZ CÉNTIMOS (2.663,10 euros).

SALARIOS DE TRAMITACIÓN: DIECISEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS (16.785,60 euros).

SALARIOS E INTERESES: OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS EUROS CON NUEVE CÉNTIMOS (846,09 euros).

Y todo ello con intervención del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL”.

Notifíquese esta resolución a todas las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno sin perjuicio de los recursos que quepan contra la resolución aclarada.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

D./Dña. CARMEN DURÁN DE PORRAS

LA MAGISTRADO-JUEZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SERCONSERJES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, y en el Tablón de anuncios de este Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciocho de junio de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/23.432/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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