Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 161

Fecha del Boletín 
09-07-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190709-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

93
Madrid número 9. Procedimiento 656 de 2018, notificación a Móvil 2013, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n.º 9 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 656/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MYUMYUNOV DZHANISAP MEHEMEDOV frente a MOVIL 2013 SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA N.º 313/2019

En Madrid a cuatro de junio de dos mil diecinueve.

D. JOSÉ MARÍA REYERO SAHELICES Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 9 del Juzgado y localidad o provincia MADRID tras haber visto los presentes autos sobre Procedimiento Ordinario entre partes, de una y como demandante D. MYUMYUNOV DZHANISAP MEHEMEDOV, que comparece asistido de la Letrada MARIA ESTHER DAVILA POVEDA y de otra como demandada MOVIL 2013 SL que no comparece estando citada en legal forma.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA

FALLO

Que ESTIMANDO la demanda formulada por D. MYUMYUNOV DZHANISAP MEHEMEDOV frente a MOVIL 2013 SL, sobre Reclamación de Cantidad, debo condenar y condeno a la demandada MOVIL 2013 SL a abonar al actor la suma de 1.913,39 euros brutos con más el 10 por 100 de interés legal de mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MOVIL 2013 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a once de junio de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/22.471/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190709-93