Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 161

Fecha del Boletín 
09-07-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190709-87

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

87
Madrid número 8. Procedimiento 1.019 de 2018, notificación a Time 4 Advance, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 8 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1019/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. ENRIQUE HEREDIA ZAMORANO frente a LUXOR ESPACIOS SL y TIME 4 ADVANCE SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

NÚMERO RESOLUCIÓN: 294/2019.

DECRETO

En Madrid, a quince de marzo de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.-Con fecha 10/10/2018 se presentó la demanda de la que trae causa el presente decreto, tomándose las resoluciones precisas para su tramitación.

SEGUNDO.-Con fecha 15/03/2019 se ha formalizado, en acta y en esta Sala, conciliación entre las partes en los términos que figuran en dicha acta, que se da íntegramente por reproducida.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO.-Conforme a lo previsto en el artículo 84, apartado 2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, si las partes alcanzan un acuerdo, siempre que no sea constitutivo de lesión grave para alguna de las partes, fraude de ley o abuso de derecho, se dictará decreto aprobándola y se acordará el archivo de las actuaciones.

En consecuencia, habiéndose obtenido avenencia entre las partes y no apreciándose lesión grave para alguna de ellas, fraude de ley ni abuso de derecho, procede la aprobación del Acuerdo alcanzado por las partes.

PARTE DISPOSITIVA

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes, en fecha 15/03/2019, en los términos siguientes:

Iniciado el acto, se advierte a las partes de sus respectivos derechos y obligaciones, exhortándoles para que lleguen a un acuerdo amistoso que se obtiene en los siguientes términos:

En este acto el trabajador desiste de la Empresa TIME 4 ADVANCE SL con CIF B87956348 y de FOGASA por hacerse responsable en el pago subsidiario LUXOR ESPACIOS SL.

LUXOR ESPACIOS SL reconoce adeudar por todos los conceptos de la demanda la cantidad de 1065,19 euros netos correspondiendo la cuantía de 341,05 euros a la indemnización y el resto 724,14 euros netos en concepto de salarios.

El pago se realizará antes del día 22/03/2019 mediante transferencia bancaria en la cuenta corriente ES 23 21 0015 76470200266837

Asimismo LUXOR ESPACIOS SL se reserva las acciones que le corresponden frente a TIME 4 ADVANCE SL

El trabajador acepta y con el percibo de la mencionada cantidad queda saldado y finiquitado sin tener nada más que reclamar.

S.Sª., el Letrado/a de la Admón. de Justicia, APRUEBA LA AVENENCIA alcanzada por las partes, dando por concluido el acto y procede a continuación a dictar el Decreto de aprobación, extendiéndose la presente acta que firman los asistentes de lo que doy fe.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2506-0000-61-1019-18.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a TIME 4 ADVANCE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a trece de junio de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/22.490/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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