Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160

Fecha del Boletín 
08-07-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190708-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80

68
Madrid número 80. Procedimiento 597 de 2018, notificación a Mónica Gracelda Fleitas

EDICTO

Doña Ángeles Garrigos Castejón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, divorcio contencioso número 597 de 2018, instados por la procuradora doña Teresa de Jesús Castro Rodríguez en nombre y representación de don Luis Mariano Rivas Pareja, contra doña Mónica Gracelda Fleitas, en los que se ha dictado en fecha 30 de mayo de 2019 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don Luis Mariano Rivas Pareja representado por la procuradora de los tribunales doña Teresa de Jesús Castro Rodríguez, contra doña Mónica Gracelda Fleitas, declaro disuelto por causa de divorcio el matrimonio contraído por los litigantes el 17 de julio de 2007:

1. Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado a favor del otro, y cesa la posibilidad de vincular bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

2. La disolución del régimen económico matrimonial.

3. No ha lugar a adoptar ninguna otra medida.

Todo ello sin expresa imposición de las costas causadas.

Expídase el oportuno despacho para la comunicación y anotación marginal de la misma en la inscripción de matrimonio, en el Registro Civil correspondiente.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al ministerio fiscal haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, siendo competente para conocer del mismo la Audiencia Provincial de Madrid.

Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Mónica Gracelda Fleitas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 30 de mayo de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/21.629/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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