Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
05-07-2019

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190705-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 12

93
Madrid número 12. Procedimiento 456 de 2018, notificación a Europlayas Hoteles y Resorts, S. L.

EDICTO

Don Luis Espinosa Navarro, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo mercantil número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en los presentes autos número 456 de 2018, se ha dictado sentencia de fecha 13 de abril de 2018, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimo la demanda incidental planteada por doña Carmen García Rubio, procuradora de los tribunales, en representación de don Francisco Javier Fernández Hidalgo y doña Lourdes Cordón Granados, contra la concursada y la A. C. y Bankia, S. A., y declaro la nulidad del contrato formalizado por la parte actora y la concursada en fecha 23 de febrero de 2008, y del contrato de préstamo suscrito en fecha 28 de febrero de 2008.

Condeno a la concursada y a la entidad Bankia, S. A. a la restitución de las prestaciones conforme 1.303 CC, debiendo procederse en ejecución de sentencia de manera proporcional respecto a los cincuenta años de duración máxima, a la restitución de cantidades, con los frutos e intereses desde la fecha de contrato, conforme jurisprudencia expuesta. Esto conlleva el reconocimiento del crédito ordinario que resulte en ejecución de sentencia por los actores frente a la concursada, y la condena a la demandada Bankia al pago a los actores de las cantidades que resulten en ejecución de sentencia, todo ello con frutos e intereses desde la fecha del contrato.

Todo ello sin imposición en costas a la A. C., y con imposición en costas a la concursada y a Bankia, S. A.

Notifíquese esta sentencia a las partes con indicación de que contra la misma cabe apelación (197.5 LC).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Europlayas Hoteles y Resorts, S. L., y se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Se notifica a: Europlayas y Resorts, S. L. con CIF B63037600.

En Madrid, a 6 de febrero de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/23.045/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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