Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
05-07-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190705-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 4

69
Madrid número 4. Procedimiento 959 de 2017, notificación a Francisca Rodríguez Aguirre

EDICTO

Dña. María Elena Artigot Fabre, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera instancia número 4 de Madrid.

En este órgano judicial se tramita el procedimiento número 959 de 2017, en el que se ha dictado sentencia número 144 de fecha 8 de junio de 2018, aclarada por auto de fecha 28 de junio de 2018.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demandada, doña Francisca Rodríguez Aguirre, y de acuerdo con el artículo 497.2 de la LEC, he acordado notificarle las anteriores resoluciones por medio de este edicto.

Contra dichas resoluciones que se notifican cabe recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la notificación.

Las resoluciones que se notifican están a disposición de la persona interesada en ese órgano judicial.

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecido en los artículos 236 bis y siguientes de la LOPJ. Y la instrucción número 6 de 2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.

Y para que sirva de notificación a doña Francisca Rodríguez Aguirre, parte demandada, cuyo domicilio o residencia se desconoce, expido y firmo el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y a quién advierto de que las siguientes notificaciones se realizará fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de esta oficina judicial, salvo aquéllas que revistan forma de auto, sentencia o decreto cuando pongan fin al proceso, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 497 de la LEC.

En Madrid, a 2 de julio de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/21.092/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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