Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
05-07-2019

Sección 1.3.56.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190705-15

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

15
EXTRACTO de la Orden 1177/2019, de 14 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se procede a la apertura del Programa Agroambiental 2019-2023 para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad de Madrid, se procede a su convocatoria, así como a la convocatoria de la primera anualidad de dicho programa, procediéndose también a la regulación del pago del resto de las anualidades de este Programa Agroambiental, cofinanciada FEADER.

BDNS (Identif.): 463790

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en BDNS (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index).

Primero

Beneficiarios

Los titulares de las explotaciones agrarias situadas en la Comunidad de Madrid, que se comprometan por un período de cinco años, salvo causa de fuerza mayor, a cumplir con los requisitos establecido en el artículo 5 (ser agricultor, tener una explotación ganadera con razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid y presentar un plan de conservación y mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción) y con los compromisos agroambientales exigidos en el artículo 6.

Pueden ser personas físicas o jurídicas.

Segundo

Objeto

— La apertura y convocatoria de la solicitud de participación en el Programa Agroambiental, para el período 2019-2023, destinado al mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid.

— La convocatoria de la primera anualidad de los beneficiarios del Programa Agroambiental, para el período 2019-2023, para el mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid.

— La regulación del resto de las anualidades del Programa Agroambiental, para el período 2019-2023, para el mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 2916/2017, de 3 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de octubre de 2019).

Cuarto

Cuantía de las ayudas

Estas ayudas se convocan con un presupuesto total de carácter plurianual de 700.000 euros distribuido en cinco anualidades (2019/2023), de 140.000 euros cada una, estando cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 75 por 100; por la Administración General del Estado, en un 7,5 por 100, y por la Comunidad de Madrid, en un 17,5 por 100 restante.

Su financiación se efectuará con cargo al subconcepto 77306 “Actuaciones Agrícolas” del Programa Presupuestario 411A, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

La ayuda consistirá en una prima anual de 173 euros por Unidad de Ganado Mayor (UGM) de animales pertenecientes a una de las razas autóctonas en peligro de extinción.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Quince días contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto

Información complementaria

Se entienden como razas autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad de Madrid, a efectos de la participación en el Programa Agroambiental las siguientes:

— Bovino: berrenda en colorado y berrenda en negro.

— Ovino: colmenareña y rubia del Molar.

— Caprino: cabra del Guadarrama.

Madrid, a 14 de junio de 2019.

El Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en funciones, CARLOS IZQUIERDO TORRES

(03/23.456/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.56.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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