Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
28-06-2019

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190628-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4

93
Madrid número 4. Procedimiento 1.745 de 2018, notificación a John Gutiérrez Ceballos

EDICTO

D./DÑA. PEDRO JOSÉ HERNÁNDEZ GALLEGO LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N° 04 DE MADRID.

DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el juicio sobre delitos leves n° 1745/2018 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA N° 135/2019

Ilmo Sr MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. MARCELINO SEXMERO IGLESIAS.

Lugar: Madrid

Fecha: veintinueve de marzo de dos mil diecinueve.

Vistos por mí D./Dña. MARCELINO SEXMERO IGLESIAS, MAGISTRADO-JUEZ de este Juzgado de Instrucción n° 4 de Madrid, los presentes Autos de Juicio inmediato sobre delitos leves 1745/2018 por un delito leve Hurto, en el que aparece como denunciado D./Dña. JOHN GUTIERREZ CEBALLOS y como denunciante INSIDE, y en el que ha sido parte también el Ministerio Fiscal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente Sentencia.

FALLO

Que debo condenar y condeno a D. JOHN GUTIERREZ CEBALLOS, como autor responsable de un DELITO LEVE DE HURTO, en grado de tentativa, tipificado en el artículo 234.2 y 3, del Código Penal a la pena de UN MES DE MULTA, con una cuota diaria de CUATRO EUROS por día de sanción, condenándole también al pago de las costas procesales.

Hágase entrega definitiva de los efectos a la propiedad.

Si no se satisface/n la multa voluntariamente o por vía de apremio, el/los condenado(s) quedará sujeto/s a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de localización permanente.

Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que no es firme y cabe interponer recurso de apelación dentro de los CINCO días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, por escrito y en la forma prevista en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

De mostrar conformidad con la sentencia, se le requiere para que en el plazo de 10 DIAS haga efectiva la multa impuesta mediante ingreso a la cuenta de consignaciones n° 2464-0000-A1-1745-18 del Banco Santander.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrada audiencia pública; doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. JOHN GUTIERREZ CEBALLOS, actualment en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMU IDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 30 de mayo de 2019.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/21.025/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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