Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
28-06-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190628-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 18

87
Madrid número 18. Procedimiento 767 de 2018, notificación a ignorados ocupantes de calle Castillo de Manzanares

EDICTO

Doña Marta Real Sainz-Rozas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 18 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 767 de 2018, instados por la procuradora doña Elena María Medina Cuadros en nombre y representación de Banco Sabadell, S. A., contra doña Ruth Moya Pulido e ignorados ocupantes de calle Castillo de Manzanares, número 4, piso bajo 2 (Madrid), en los que se ha dictado en fecha 20 de diciembre de 2018 sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que estimando la demanda formulada por la procuradora de los Tribunales doña Elena Medina Cuadros, en nombre y representación de Banco Sabadell, S. A., contra ignorados ocupantes del inmueble sito en calle Castillo de Manzanares, número 4, piso bajo 2, Madrid, y en particular contra doña Ruth Moya Pulido, debo:

1. Declarar que doña Ruth Moya Pulido y cualesquiera otros ocupantes de la finca sita en calle Castillo de Manzanares, número 4, piso bajo 2, Madrid, se hallan ocupando la vivienda sin ostentar título alguno que legitime tal circunstancia.

2. Declarar haber lugar al desahucio por precario del inmueble sito en calle Castillo de Manzanares, número 4, piso bajo 2, Madrid.

3. Condenar a doña Ruth Moya Pulido y cualesquiera otros ocupantes de la finca a dejar libre, vacua y expedita la mencionada finca a disposición de la parte actora, bajo apercibimiento de lanzamiento de los demandados y de cuantas personas por ellos autorizados ocuparan la finca si no lo efectuaran en plazo legal que se establezca hasta el lanzamiento.

Sin declaración en materia de costas procesales.

Al notificar esta sentencia a las partes hágaseles saber que contra la misma cabe preparar recurso de apelación a interponer por escrito en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de la notificación ante la Audiencia Provincial como competente que es para conocer del recurso.

De conformidad con la Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con la ocupación ilegal de viviendas, comuníquese a los servicios públicos del ilustrísimo Ayuntamiento de Madrid y a la Consejería competente de la Comunidad de Madrid en materia de política social, para que de forma inmediata procedan a adoptar las medidas de protección residencial o habitacional que en su caso procedan a favor de doña Ruth Moya Pulido y su hija.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El/la magistrado/a-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados, ignorados ocupantes de calle Castillo de Manzanares, número 4, piso bajo 2, Madrid, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de los interesados en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 20 de diciembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/14.302/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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