Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
28-06-2019

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190628-86

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

86
Madrid. Sala de lo Social. Sección Cuarta. Procedimiento 10 de 2018, notificación a Grupo MGO, S. A., y otros

SALA DE LO SOCIAL

Sección Cuarta

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ANA MARIA LOPEZ-MEDEL BASCONES LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 04 de lo Social.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 10/2018 de esta Sección de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. BERNARDO GONZALO ARROYO frente a FOGASA, GRUPO M.G.O. SA, MGO BY WESTFIELD y JOSEP MAYMI COLIMNAS sobre Recurso de Suplicación se ha dictado la siguiente resolución:

“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. ANA MARIA LOPEZ-MEDEL BASCONES

En Madrid, a tres de junio de dos mil diecinueve

Visto que se han devuelto por la Sala de lo Social -Cuarta- del Tribunal Supremo las actuaciones en su día remitidas en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina entonces interpuesto, así como la certificación de la resolución dictada por dicho Tribunal, se dispone:

a) que se cumpla lo que se ordena en dicha resolución, notificándose, en su caso, a las partes no personadas ante la misma.

b) que se acuse recibo a la citada Sala Cuarta;

c) que, de conformidad con lo que establece el artículo 201.2 de la LRJS, se remitan las actuaciones al Juzgado de lo Social de origen con certificación de la sentencia dictada por esta Sala y de la resolución de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo.

d) que, una vez consten recibidos los acuses de recibo del Juzgado y de la notificación a las partes de esta diligencia, se archive el rollo de suplicación dejando la debida nota en los Libros de esta Sala.

Transfiérase al Tesoro Público la cantidad de 600 euros ingresados en la cuenta de esta Sala por KLEBERT PROPERTIES SL correspondientes al depósito legal necesario para interponer Recurso de Casación para Unificación de Doctrina, una vez firme la presente resolución.

Visto el estado de la presente Pieza, y constando Oficio del Juzgado de lo Social nº 3 de Ciudad Real de fecha 23-11-2018, interesando se comunicara al mismo cuando se dictara resolución en el Recurso de Casación para Unificación de Doctrina del presente procedimiento, ofíciese al citado Juzgado remitiéndose copia del Auto del Tribunal Supremo, a los efectos oportunos.

Notifíquese a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de REPOSICIÓN ante el Letrado/a de la Admón. de Justicia, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186 y 187 LRJS).

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.”

Y por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo se ha dictado la siguiente resolución:

“LA SALA ACUERDA: Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado D. Alvaro Zarza García, en nombre y representación de Klebert Properties SL contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 12 de abril de 2018, en el recurso de suplicación número 10/2018, interpuesto por Klebert Properties S.L., frente al auto dictado por el Juzgado de lo Social nº 30 de los de Madrid de fecha 5 de septiembre de 2017, en la Ejecución del procedimiento nº 121/2016 seguido a instancia de D. Bernardo Gonzalo Arroyo contra Klebert Properties S.L., Grupo M.B.O. S.A.., M.G.O. By Westfied y D. Josep Maymi Colimnas, sobre despido.

Se declara la firmeza de la sentencia recurrida con imposición de costas a la parte recurrente y pérdida del depósito constituido.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvase los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de este resolución y comunicación.

Asi lo acordamos, mandamos y firmamos.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRUPO M.G.O. S.A y MGO BY WESTFIELD, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 03 de junio de 2019

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/21.731/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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