Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
28-06-2019

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190628-60

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COBEÑA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Cobeña. Organización y funcionamiento. Nombramiento miembros Junta Gobierno

Tras la constitución de la corporación municipal el 15 de junio de 2019, para el período comprendido entre 2019-2023, por medio del presente se hace público los siguientes nombramientos y delegaciones:

Resolución 479/2019, de 17 de junio, de nombramiento de miembros de la Junta de Gobierno Local:

— Don Pedro Antonio López Navarro.

— Don Juan Carlos Redondo Chisvert.

— Doña Francisca López Guardia.

— Don Ignacio Hidalgo Béjar.

Sin perjuicio de la asistencia permanente al señor alcalde en el ejercicio de sus atribuciones de conformidad con el artículo 53 del ROF, la Junta de Gobierno Local ejercerá las vigentes atribuciones delegadas por la Alcaldía mediante decreto número 846 de 22 de octubre de 2018, y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 134 de 6 de noviembre de 2018.

Los actos dictados por la Junta de Gobierno Local en el ejercicio de las atribuciones delegadas se entienden dictados por el órgano delegante, el alcalde, correspondiendo, en consecuencia, a éste la resolución de los recursos de reposición que puedan interponerse.

Con la finalidad de evitar cualquier disfunción que pudiera derivarse de la ausencia de sesiones de la Junta de Gobierno Local durante el mes de agosto, en que no se celebrarán sesiones, esta delegación deberá entenderse avocada en todos sus términos por el señor alcalde sin necesidad de resolución expresa.

Cobeña, a 17 de junio de 2019.—El alcalde, Jorge Amatos Rodríguez.

(03/22.102/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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