Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 151

Fecha del Boletín 
27-06-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190627-52

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 20

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Madrid número 20. Procedimiento 253 de 2015, notificación a José Luis Fernández Jiménez y otros

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 253 de 015 entre Mahou, S. A. y don José Luis Fernández Jiménez y Atocha Empresariales, S. L., en reclamación de 17.768,73 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 104 de 2019

La magistrada-juez, doña Blanca Rosa Bartolomé Collado.—En Madrid, a 12 de abril de 2019.

Vistos por doña Blanca Rosa Bartolomé Collado, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 20 de los de Madrid, los autos de juicio ordinario registrados con el número 253 de 2015, derivados de demanda presentada por Mahou, S. A., representada por el procurador señor Ruiz de Velasco y Martínez de Ercilla, y bajo la dirección técnica del letrado señor Ruiz de Velasco y Martínez de Ercilla Ansorena Conto, contra Atocha Empresariales, S. L., y don José Luis Fernández Jiménez, declarado en situación legal de rebeldía procesal, en reclamación de 17.768'73 euros, se ha dictado la presente resolución en base a los siguientes.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda presentada por el procurador señor Ruiz de Velasco y Martínez de Ercilla, en nombre y representación de Mahou, S. A., debo condenar y condeno a don José Luis Fernández Jiménez y Atocha Empresariales, S. L., a que de manera conjunta y solidaria abonen a la actora la cantidad de 17.768'73 euros, cifra que devengará los intereses del artículo 1108 CC desde la fecha de interposición de la demanda, incrementado en dos puntos desde la fecha de esta sentencia.

Las costas de esta primera instancia se imponen a la demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, el cual habrá de interponerse en el plazo de veinte días desde la notificación de la misma ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial.

Para ello será necesario consignar depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, acreditándose el mismo adjuntando copia del resguardo de ingreso junto al escrito (Ley Orgánica 1/09, de 3 de noviembre, que añade a la Ley Orgánica del Poder Judicial la Disposición Adicional Decimoquinta).

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la ilustrísima señora Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha, doy fe.

Y para que sirva de notificación a don José Luis Fernández Jiménez y Atocha Empresariales, S. L., expido y firmo la presente en Madrid, a 6 de junio de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/21.871/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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