Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
26-06-2019

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190626-32

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Móstoles. Organización y funcionamiento. Delegación competencias

De conformidad con lo establecido en los artículos 61 y 136 del Reglamento Orgánico Municipal, se hace público el siguiente Acuerdo de Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento sobre delegación de atribuciones propias, las cuales se reproducen a continuación en su contenido íntegro:

Acuerdo número 19/310, de Junta de Gobierno Local, de fecha 21 de mayo de 2019, sobre modificación parcial del acuerdo 5/56 de la Junta de Gobierno Local celebrada el 13 de febrero de 2018 sobre delegación de competencias propias de la Junta de Gobierno Local en concejales delegados. Expediente 5/15-19:

«Vista la propuesta de resolución formulada por el titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local y elevada por la alcaldesa, así como las adiciones incorporadas en su caso, por la Junta de Gobierno Local, se transcribe literalmente la propuesta resultante:

“Expediente número 5/15-19.

Asunto: Modificación parcial del Acuerdo 5/56 de la Junta de Gobierno Local celebrada el día 13 de febrero de 2018 sobre delegación de competencias propias de la Junta de Gobierno Local en concejales-delegados.

Interesado: Concejalía de Urbanismo y Patrimonio.

Procedimiento: organización y funcionamiento.

El principio de eficacia en la organización y funcionamiento de las Administraciones Públicas, y por ello de la Administración Municipal de Móstoles, requiere la utilización de la técnica de la Delegación.

Visto el Decreto de la Alcaldía 616/2018, de 7 de febrero, sobre nombramiento y funciones de las Tenencias de Alcaldía, Concejalías-Delegadas y Áreas de Gestión que comprenden y señalamiento de las atribuciones del alcalde que se delegan, así como el Decreto de la Alcaldía 424/2019, de 23 de enero, de modificación parcial de la delegación de atribuciones propias de la Alcaldía en Concejalías.

Mediante Acuerdo número 5/56 de la Junta de Gobierno Local celebrada el día 13 de febrero de 2018, se realizaron las delegaciones de las atribuciones de este órgano en los concejales-delegados. El mencionado acuerdo ha sido publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 70, de 22 de marzo de 2018.

Entendiendo conveniente para los intereses públicos locales garantizar la supresión de barreras arquitectónicas que garanticen la accesibilidad universal de los ciudadanos.

Considerando que el artículo 24.4 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, establece que la posibilidad de ocupar las superficies de espacios libres o de dominio público que resulten indispensables para la instalación de ascensores u otros elementos que garanticen la accesibilidad universal, así como las superficies comunes de uso privativo, tales como vestíbulos, descansillos, sobrecubiertas, voladizos y soportales, tanto si se ubican en el suelo, como en el subsuelo o en el vuelo, cuando no resulte viable, técnica o económicamente, ninguna otra solución y siempre que quede asegurada la funcionalidad de los espacios libres, dotaciones y demás elementos del dominio público.

Así, partiendo, naturalmente, de las atribuciones que, siendo propias de dicho órgano colegiado según el artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, son delegables, se detallan las facultades y órganos en que se delegan.

Visto el artículo 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en relación a los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Visto, asimismo, lo dispuesto en los artículos 60 a 62 y 136 del Reglamento Orgánico Municipal aprobado por el Pleno en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 101, de 29 de abril de 2005).

Se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo:

Primero.—Modificar parcialmente el Acuerdo 5/56 de la Junta de Gobierno Local celebrada el día 13 de febrero de 2018, sobre delegación de competencias propias de la Junta de Gobierno Local en Concejales Delegados en el siguiente sentido:

Delegar las atribuciones propias de la Junta de Gobierno Local en la concejala que se indica:

1.7. En la concejala de Urbanismo y Patrimonio doña Beatriz Benavides Fuster.

1.7.2. (Patrimonio).—La resolución de las solicitudes de concesiones demaniales directas para la ocupación de espacios de dominio público que resulten indispensables para la instalación de ascensores u otros elementos que garanticen la accesibilidad universal, siempre que quede asegurada la funcionalidad de dichos espacios. Todo ello, sin perjuicio de los informes previos o autorizaciones que correspondan a otras áreas o concejalías.

Segundo.—Integrar el presente acuerdo en el Acuerdo 5/56 de la Junta de Gobierno Local celebrada el día 13 de febrero de 2018, sobre delegación de competencias propias de la Junta de Gobierno Local en concejales-delegados.

Tercero.—Deberá publicarse la delegación efectuada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y darse cuenta al Pleno de la Corporación.

Cuarto.—La Junta de Gobierno Local podrá revocar y avocar en cualquier momento la competencia delegada con arreglo a la legislación vigente sobre procedimiento administrativo común.

Quinto.—Quedan derogadas expresamente todos los acuerdos adoptados anteriormente en cuanto a delegaciones de la Junta de Gobierno Local en concejales-delegados.

Sexto.—Notificar el presente acuerdo a los interesados, así como a los servicios municipales competentes”.

Previa deliberación de la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes, acuerda aprobar la propuesta de resolución anteriormente transcrita».

Móstoles, a 7 de junio de 2019.—El titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Emilio J. de Galdo Casado.

(03/21.710/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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