Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
26-06-2019

Sección 1.2.96.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190626-10

Páginas: 8


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE JUSTICIA

10
RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid, por la que se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Orden JUS/645/2019, de 7 de junio, por la que se aprueba las relación provisional de admitidos y excluidos y se convoca a la realización de los ejercicios de los procesos selectivos para ingreso, por promoción interna, en los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa y de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocados por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo y Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo.

La normativa reguladora de los procesos selectivos para ingreso o acceso en los cuerpos o escalas de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, concretamente el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, establece en su artículo 20 que la resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos deberá publicarse de forma simultánea en el “Boletín Oficial del Estado” y, en su caso, en los diarios oficiales de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos.

Asimismo, la normativa reguladora de las bases comunes que rigen los procesos selectivos para ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, concretamente la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo, dispone en su base duodécima que, transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad competente dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, así como que dicha resolución, que deberá publicarse de forma simultánea en el “Boletín Oficial del Estado” y en los diarios oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas, contendrá la relación provisional de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión, señalándose un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de la resolución en el “Boletín Oficial del Estado”, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión.

De acuerdo con las competencias asumidas por la Comunidad de Madrid en materia de gestión del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del Real Decreto 1429/2002, de 27 de diciembre, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de medios personales y materiales al servicio de la Administración de Justicia, y de conformidad con las competencias atribuidas a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 88/2018, de 12 de junio, esta Dirección General

RESUELVE

Ordenar la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Orden JUS/645/2019, de 7 de junio, por la que se aprueba las relación provisional de admitidos y excluidos y se convoca a la realización de los ejercicios de los procesos selectivos para ingreso, por promoción interna, en los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa y de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocados por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo y Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo, según Anexo.

En Madrid, a 14 de junio de 2019.—El Director General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, Pedro Irigoyen Barja.

ANEXO

Finalizado el plazo de presentación de instancias, y de conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia y la Disposición Duodécima de la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia,

Este Ministerio

HA RESUELTO

Primero

Aprobar las relaciones provisionales, de aspirantes admitidos y excluidos, a las pruebas selectivas para ingreso en los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa y de Tramitación Procesal y Administrativa (acceso promoción interna), convocadas por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo y por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo, y publicar en los Anexos I y II de la presente Orden, las relaciones provisionales de aspirantes excluidos a las pruebas de acceso de ambos Cuerpos, con indicación de las causas de exclusión (Anexo III).

Segundo

Las listas certificadas completas quedarán expuestas al público en la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es). Asimismo, las Comunidades Autónomas que convoquen plazas podrán publicar las listas en sus respectivas páginas web, y en el punto de acceso general (www.administración.gob.es).

Los aspirantes deberán comprobar no solo que no figuran en la relación de excluidos sino, además, que sus nombres y demás datos constan correctamente en la relación de admitidos.

Tercero

La inclusión de aspirantes en las relaciones de admitidos a las pruebas selectivas, tanto en el turno general como en el cupo de reserva para personas con discapacidad, no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de la Administración de que los mismos reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en las Ordenes de Convocatoria. La acreditación y verificación de estos tendrá lugar para los aspirantes que superen el proceso selectivo, antes de su nombramiento como funcionarios de carrera, tal y como se indica en el artículo 23 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27); en la base Decimoséptima de la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo por la que se establecen las bases comunes y en la base octava de la Orden de convocatoria.

Cuarto

De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Duodécima de la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Orden en el “Boletín Oficial del Estado”, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión, circunstancia que, en su caso, dará origen a la oportuna rectificación de las listas de admitidos.

Quienes no subsanen la exclusión o aleguen la omisión en plazo, justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos.

Quinto

Vista la propuesta efectuada por el Tribunal Calificador Único de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, acceso por promoción interna, se convoca a todos los aspirantes incluidos en la relación provisional de admitidos a la realización del ejercicio único, de conformidad con lo establecido en la base 7.1 de la Orden de convocatoria, que tendrá lugar el próximo día 29 de junio de 2019, a las 11.00 horas (10.00 horas en Canarias), en los lugares que se relacionan en el Anexo IV.

Sexto

Vista la propuesta efectuada por el Tribunal Calificador Único de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, acceso por promoción interna, se convoca a todos los aspirantes incluidos en la relación provisional de admitidos a la realización del ejercicio único, de conformidad con lo establecido en la base 7.1 de la Orden de convocatoria, que tendrá lugar el próximo día 30 de junio de 2019, a las 11.00 horas (10.00 horas en Canarias), en los lugares que se relacionan en el Anexo V.

Séptimo

Los aspirantes se examinarán en la localidad del ámbito por el que concurren como provincia de examen, con las siguientes excepciones:

— Los aspirantes que concurren por los ámbitos territoriales de Asturias, Aragón, Cantabria, Galicia y La Rioja se examinarán en la sede de Órganos Centrales-Madrid.

— Los aspirantes que concurren por el ámbito territorial de Navarra se examinarán en la sede de País Vasco (Vitoria).

— Los aspirantes que eligieron como provincia de examen Albacete, se examinarán en Murcia.

Octavo

Todos aquellos aspirantes que no figuren en las relaciones de admitidos y excluidos o aquellos otros excluidos que hayan o vayan a subsanar en tiempo y forma, deberán acudir a la realización de los ejercicios con una copia de la presentación de sus alegaciones, quedando condicionada su corrección a la comprobación de la procedencia de su admisión.

Noveno

Todos los opositores deberán presentar para su identificación su documento nacional de identidad o pasaporte, e ir provistos de bolígrafo negro o azul. No se permitirá el acceso de teléfonos móviles, ni otros dispositivos electrónicos, a las aulas o locales donde se celebren las pruebas.

Décimo

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Ministerio de Justicia, en el plazo de un mes, o contencioso administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses. El plazo, en ambos casos, se contará a partir del día siguiente a la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” de la presente Orden.

Madrid, a 7 de junio de 2019.—La Ministra de Justicia, PD (Orden JUS/125/2019, de 5 de febrero), la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, Esmeralda Rasillo López.









(03/22.322/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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