Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
24-06-2019

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190624-63

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAR DEL OLMO

PERSONAL

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Villar del Olmo. Personal. Plantilla de personal

Aprobado inicialmente en sesión extraordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de 10 de junio de 2019, la creación de la plaza de puesto de colaboración de Tesorería, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional subescala secretaría-intervención, como puesto de trabajo de colaboración inmediata al de Secretaría-Intervención, con arreglo a lo previsto en los artículos 8.1.c), 15 y disposición transitoria sexta del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de presentar reclamaciones y alegaciones ante el Pleno.

Se considerará definitivamente aprobada la creación y la clasificación del puesto de colaboración de Tesorería si durante el citado plazo no se hubieren presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas.

A la vista de las reclamaciones presentadas e informadas éstas, en su caso, el Pleno de la Corporación aprobará definitivamente la creación y la clasificación del citado puesto y se remitirá al órgano competente de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Villar del Olmo, a 12 de junio de 2019.—La alcaldesa-presidenta, Lucila Toledo Moreno.

(03/21.396/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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