Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
24-06-2019

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190624-141

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

141
Madrid número 34. Procedimiento 887 de 2018, notificación a Imper Madrid, S. A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Fernando Benítez Benítez, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 887/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. Pablo Jorge Lore Navarro frente a Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), Instituto Nacional de Seguridad Social, Fremap Mutua Colaboradora con la Seguridad Social número 61, Fraternidad Muprespa, Ibermutuamur, Retail Operating Company SL, Imper Madrid SA y Galpest Petrogal Estaciones de Servicio SLU sobre Seguridad social se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia Nº 180/2019 de 23/05/2019:

Fallo que debo estimar íntegramente la demanda interpuesta por don Pablo Jorge Lore Navarro contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Imper Madrid Sociedad Anonima, Fremap Mutua Patronal de Accidente de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Retail Operating Company Sociedad Limitada, Ibermutuamur Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Galpgest Petrogal Estaciones de Servicio Sociedad Limitada Unipersonal y Fraternidad-Muprespa Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales con revocación parcial de la resolución administrativa de fecha de 10 de Agosto de 2017 en cuanto al importe de la Base reguladora que debe ascender a 2.037,20 euros (x 12 mensualidades) más actualizaciones y revalorizaciones, condenando al Instituto Nacional de la Seguridad Social a su abono.

Con libre absolución del resto de los codemandados.

Se notifica esta Sentencia a las partes con la advertencia de no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o de su representante al hacerle la notificación de aquélla, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de la parte, su abogado o de su representante dentro del plazo indicado.

Por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Imper Madrid SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintitrés de mayo de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/20.620/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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