Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 138

Fecha del Boletín 
12-06-2019

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190612-57

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 10

57
Madrid número 10. Procedimiento 2.425 de 2017, notificación a Mirna Raquel Mensah Okogo

EDICTO

D./DÑA. M. EVA TARDON SILVESTRE LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 10 DE MADRID

DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el juicio sobre delitos leves nº 2.425/2017 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA Nº 288/2018

JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. M. ANTONIA DE TORRES DIEZ-MADROÑERO.

Lugar: Madrid.

Fecha: dieciséis de julio de dos mil dieciocho.

Vistos por mí, D./DÑA. M. ANTONIA DE TORRES DIEZ-MADROÑERO, MAGISTRADO-JUEZ de este Juzgado de Instrucción nº 10 de Madrid, los presentes autos de Juicio sobre Delito Leve nº 2425/2017, en los que ha sido parte del Ministerio Fiscal D./Dña. JAVIER GOMEZ CORDERO, contra D./Dña. MIRNA RAQUEL MENSAH OKOGO, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente Sentencia.

FALLO

Que debo de condenar y condeno a D./Dña. MIRNA RAQUEL MENSAH OKOGO, como autora de un delito leve de Lesiones, a la pena de multa de 1 mes, a razón de 3 euros/día (en total 90 Euros), con 15 días de responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago, y al abono de las costas causadas en esta instancia. Debiendo indemnizar a la perjudicada en la cantidad de 250 euros por las lesiones causadas.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. MIRNA RAQUEL MENSAH OKOGO, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, expido la presente.

En Madrid, a 20 de mayo de 2019.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/19.357/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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