Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 138

Fecha del Boletín 
12-06-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190612-166

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 7

166
Málaga número 7. Ejecucicón 80 de 2019, notificación a Valmensa 2013, S. L.

EDICTO

D/Dª JUAN CARLOS RUIZ ZAMORA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 7 DE MALAGA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 80/2019 a instancia de la parte actora D/Dª. ISMAEL DIAZ MUÑOZ contra VALMENSA 2013 S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado RESOLUCIONES en fecha 10-05-2019 que contienen en su parte dispositiva el tenor literal siguiente:

AUTO

En Málaga, a diez de mayo de dos mil diecinueve.

PARTE DISPOSITIVA

S.Sª Iltma. DIJO: Procede y así por este auto se dicta orden general de ejecución, así como despachar la misma en los siguiente términos:

1.  A favor de ISMAEL DIAZ MUÑOZ contra VALMENSA 2013 S.L.

2.  El principal de la ejecución es por 9.947,28 euros, más la cantidad de 1.492,09 euros presupuestada para intereses y costas, lo que hace un total de 11.439,37 euros.

3.  Se autoriza expresamente a obtener información patrimonial de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y demás organismos públicos y privados durante la ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá antes acreditarse constitución de depósito de 25 €, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado en el Banco Santander nº 29550000640008019, debiendo indicar en el campo “Concepto” que se trata de un recurso seguido del código “30” y “Social-Reposición”, de conformidad con la Disposición adicional 15ª de la LO 6/1985, salvo los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. Si el ingreso se efectuare por transferencia se hará en la cuenta del Santander es 0049 3569 92 0005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social nº 07 de Málaga, y en “Observaciones” se consignarán los 16 dígitos de la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos dígitos (separados por un espacio) el código “30” y “Social-Reposición”.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. GONZALO ALONSO SIERRA, MAGISTRADO/JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 7 DE MALAGA. Doy fe.

EL MAGISTRADO/JUEZ EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

DECRETO

Letrado/a de la Administración de Justicia D/Dª D JUAN CARLOS RUIZ ZAMORA En Málaga, a diez de mayo de dos mil diecinueve

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo: Procédase a la ejecución de la sentencia por la suma de 9.947,28 euros en concepto de principal, más la cantidad de 1.492,09 euros presupuestada para intereses y costas, dése audiencia a la actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo, advirtiéndoles que transcurrido dicho plazo sin manifestación alguna, se procederá, en su caso, a dictar el correspondiente DECRETO DE INSOLVENCIA PROVISIONAL de la firma ejecutada.

No obstante lo anterior y para una completa exclusividad del apremio sobre el ejecutado a la vista de la información patrimonial obtenida, se acuerda:

- Se decreta el embargo de las devoluciones fiscales que puedan resultar respecto de la ejecutada por parte de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, expidiéndose a tal fin la oportuna orden telemática.

- Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el demandado mantenga o pueda contratar con la/s entidad/es financieras adheridas al servicio de embargos automáticos del Punto Neutro Judicial, hasta cubrir el principal y el importe presupuestado para costas e intereses, a tal efecto dese la orden a través del PNJudicial.

Asímismo, por estar la demandada en paradero desconocido, se acuerda librar edicto al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a fin de quedar notificada esta resolución.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de REVISIÓN ante este Juzgado, pese a lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá antes acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en el Banco Santander nº 2955000064008019, utilizando para ello el modelo oficial e indicando en el campo “Concepto” que se trata de un recurso seguido del código “30” y “Social-Revisión”, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional 15º de la L. O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Si el ingreso se efectuare por transferencia se hará en la cuenta del Santander 0049 3569 92 0005001274, se indicará el beneficiario, Juzgado de lo Social n° 07 de Málaga, y en “Observaciones” se consignarán los 16 dígitos de la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos dígitos (separados por un espacio) el código “30” y “Social-Revisión”.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación al demandado VALMENSA 2013 S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a diez de mayo de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/18.086/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190612-166