Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 138

Fecha del Boletín 
12-06-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190612-164

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÁCERES NÚMERO 2

164
Cáceres número 2. Procedimiento 244 de 2017, notificación a C & L Underwriting Services, S. L., y otros

EDICTO

Doña María Elena González Espinosa, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Cáceres.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 244 de 2017 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Raúl Javato Vinagre, contra la empresa C & L Underwriting Services, S. L.; Hubener Versicherung; Caja de Seguros Reunidos; Compañía de Seguros y Reaseguros, S. A. (Caser); Toros Axarquia, S. L., y Ayuntamiento de Almoharín, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

“Sentencia número 98 de 2019

En la ciudad de Cáceres, a 7 de mayo de 2019.—Don José María Cabezas Vadillo, magistrado titular del Juzgado de lo social número 2 de Cáceres y su provincia, ha visto y oído los autos registrado con el número 244 de 2017 y que se siguen sobre reclamación de cantidad, en los cuales figuran como parte: de un lado, como demandante, don Raúl Javato Vinagre, y de otra, como demandados, Toros Axarquia, S. L.; Ayuntamiento de Almoharín; C & L Underwriting Services, S. L.; Hubener Versicherung, y Caser Compañía de Seguros, de los cuales comparecen al juicio únicamente Ayuntamiento de Almoharín y Caser Compañía de Seguros.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Raúl Javato Vinagre, contra Toros Axarquia, S. L.; C & L Underwriting Services, S. L., y Hubener Versicherung, debo condenar y condeno a los demandados a abonar solidariamente al actor la cantidad de 167.400 euros.

Absuelvo a los demandados Ayuntamiento de Almoharín y Caser Compañía de Seguros de los pedimentos efectuados en su contra.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que frente a la misma cabe interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

Así, por esta mi sentencia, lo dispongo, mando y firmo”.

Y para que sirva de notificación en legal forma a C & L Underwriting Services, S. L., y Hubener Versicherung, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Cáceres, a 7 de mayo de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/17.985/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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