Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 138

Fecha del Boletín 
12-06-2019

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190612-159

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

159
Madrid número 41. Procedimiento 198 de 2019, notificación a El Subastero de Málaga, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 198/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. VICTOR ALBERTO CASTILLO GONZALEZ frente a FOGASA y EL SUBASTERO DE MALAGA SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

Que DEBÍA ACLARAR Y CORREGIR la sentencia de 24-4-19 en sentido de hacer constar en el FALLO “…, Y DECLARO LA EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL CON EFECTOS DE FECHA 24-4-19, condenando a dicha empresa demandada a abonar al actor la suma de 2.106,23 euros, más los salarios dejados de percibir desde el 29-12-18 hasta el 24-4-19, a razón de 51,06 euros diarios descontando, en su caso, en ejecución lo percibido en otro empleo, durante ese lapso, o los períodos de incapacidad temporal si los hubiere”, manteniendo el resto.

Así por este auto, lo acuerda, manda y firma, Doña María del Carmen Rodrigo Saiz, Juez del Juzgado de lo Social núm. 41 de Madrid. Doy fé.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a EL SUBASTERO DE MALAGA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinte de mayo de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/19.015/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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